Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaván. (BOP-2024-5638)
BOP-2024-5638 Plan Estratégico de Subvenciones.
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i) Determinación, en su caso, de los libros y registros contables específicos para
garantizar la adecuada justificación de la subvención.
j) Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario o de la entidad colaboradora,
en su caso, del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de
la aplicación de los fondos percibidos.
k) Medidas de garantía que en su caso, se considere preciso constituir a favor del
órgano concedente, medios de constitución y procedimiento de cancelación.
l) Posibilidad de efectuar pagos anticipados y abonos a cuenta, así como el régimen de
garantías que, en su caso, deberán aportar los beneficiarios.
m) Circunstancias que, como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas
en cuenta para la concesión de la subvención, podrán dar lugar a la modificación de la
resolución.
n) Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes
públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
o) Criterios de graduación de los posibles incumplimientos de condiciones impuestas
con motivo de la concesión de las subvenciones. Estos criterios resultarán de aplicación
para determinar la cantidad que finalmente haya de percibir el beneficiario o, en su caso,
el importe a reintegrar, y deberán responder al principio de proporcionalidad.
ARTÍCULO 9. CONCESIÓN DIRECTA.
Los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones de concesión
directa.
En ellos se regularán las condiciones para la concesión de estas subvenciones, de
conformidad con lo previsto al respecto en la LGS y en las bases de ejecución del presupuesto.
Debe quedar acreditado lo siguiente:
- Determinación del objeto de la subvención y de sus beneficiarios, de acuerdo con la
asignación presupuestaria.
- Crédito presupuestario al que se imputa el gasto y cuantía de la subvención
individualizada, en su caso, para cada beneficiario, si fuesen varios.
CVE:
BOP-2024-5638
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de noviembre de 2024
N.º 0214
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