Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Majadas. (BOP-2024-5624)
BOP-2024-5624 Bases para la provisión interina del puesto de Secretaría - Intervención.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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siguiente al de la notificación de la resolución por la que se efectúa el nombramiento interino.
Cuando la persona que ha estado ocupando el puesto tuviera que cesar como consecuencia de haber
sido ocupado aquel por alguna de las formas de provisión preferente, se reincorporará
automáticamente a la lista de espera, pasando a ocupar el mismo puesto en el que figuraba
originariamente.
10.3 La no aceptación o renuncia al puesto de trabajo ofertado mediante este procedimiento supondrá
la exclusión automática de la lista de espera, excepto cuando acredite la concurrencia de alguna de
las siguientes circunstancias:
Parto, licencia por maternidad o situaciones asimiladas.
Estar desempeñando, como personal funcionario interino, puestos de trabajo reservados a
personal de habilitación nacional en una entidad local.
Declaración de la situación de incapacidad temporal.
Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
En los supuestos anteriores, la persona aspirante quedará incorporado en la lista de espera en
situación de “no disponible” hasta que desaparezca la causa por la que no aceptó la oferta del puesto.
La persona interesada deberá comunicar al Ayuntamiento de Alagón del Río la desaparición de la
causa que obstaculizaba la aceptación del puesto ofertado en un plazo de quince días hábiles a
contar desde el siguiente a la desaparición de aquélla, quedando en situación de “disponible” en la
lista y, por lo tanto, manteniéndose en su puesto de origen en la misma. En caso de incumplimiento
del plazo y forma expresados, se entenderá que renuncia a la incorporación a la bolsa, en
consecuencia, quedará excluido de la misma.
10.4 La renuncia de la persona que venía ejerciendo con carácter interino las funciones reservadas
del puesto de funcionario habilitado tras ser llamado y nombrado de la bolsa de trabajo, será causa de
exclusión de la misma, salvo que hubiera sido propuesto por una entidad local para un nombramiento
interino en un puesto reservado a personal habilitado nacional tras la superación del proceso selectivo
correspondiente. En este caso, podrá solicitar la reincorporación a la bolsa de trabajo cuando dejara
de prestar servicios en la entidad local para la que fue nombrado, por haber sido ocupado el puesto
por alguna forma de provisión preferente, en el plazo de quince días hábiles, pasando a ocupar el
último puesto.
10.5 Los integrantes de la lista de espera vendrán obligados a comunicar al Ayuntamiento cualquier
variación o modificación de sus datos de contacto.
ANEXO I:
SOLICITUD DEL INTERESADO
DATOS DEL INTERESADO
Nombre y Apellidos NIF
DATOS DEL REPRESENTANTE
Tipo de persona
Física
Jurídica
Nombre y Apellidos/Razón Social NIF/CIF
Poder de representación que ostenta
La Administración Pública verificará la identidad de los interesados en el procedimiento
administrativo, mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o razón
social, según corresponda, que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento
identificativo equivalente.
Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a
través de cualquier sistema que cuente con un registro previo como usuario que permita
garantizar su identidad conforme al artículo 9.2 de la Ley 39/2015.
Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones,
CVE:
BOP-2024-5624
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de noviembre de 2024
N.º 0214
Pág. 23642
Cuando la persona que ha estado ocupando el puesto tuviera que cesar como consecuencia de haber
sido ocupado aquel por alguna de las formas de provisión preferente, se reincorporará
automáticamente a la lista de espera, pasando a ocupar el mismo puesto en el que figuraba
originariamente.
10.3 La no aceptación o renuncia al puesto de trabajo ofertado mediante este procedimiento supondrá
la exclusión automática de la lista de espera, excepto cuando acredite la concurrencia de alguna de
las siguientes circunstancias:
Parto, licencia por maternidad o situaciones asimiladas.
Estar desempeñando, como personal funcionario interino, puestos de trabajo reservados a
personal de habilitación nacional en una entidad local.
Declaración de la situación de incapacidad temporal.
Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
En los supuestos anteriores, la persona aspirante quedará incorporado en la lista de espera en
situación de “no disponible” hasta que desaparezca la causa por la que no aceptó la oferta del puesto.
La persona interesada deberá comunicar al Ayuntamiento de Alagón del Río la desaparición de la
causa que obstaculizaba la aceptación del puesto ofertado en un plazo de quince días hábiles a
contar desde el siguiente a la desaparición de aquélla, quedando en situación de “disponible” en la
lista y, por lo tanto, manteniéndose en su puesto de origen en la misma. En caso de incumplimiento
del plazo y forma expresados, se entenderá que renuncia a la incorporación a la bolsa, en
consecuencia, quedará excluido de la misma.
10.4 La renuncia de la persona que venía ejerciendo con carácter interino las funciones reservadas
del puesto de funcionario habilitado tras ser llamado y nombrado de la bolsa de trabajo, será causa de
exclusión de la misma, salvo que hubiera sido propuesto por una entidad local para un nombramiento
interino en un puesto reservado a personal habilitado nacional tras la superación del proceso selectivo
correspondiente. En este caso, podrá solicitar la reincorporación a la bolsa de trabajo cuando dejara
de prestar servicios en la entidad local para la que fue nombrado, por haber sido ocupado el puesto
por alguna forma de provisión preferente, en el plazo de quince días hábiles, pasando a ocupar el
último puesto.
10.5 Los integrantes de la lista de espera vendrán obligados a comunicar al Ayuntamiento cualquier
variación o modificación de sus datos de contacto.
ANEXO I:
SOLICITUD DEL INTERESADO
DATOS DEL INTERESADO
Nombre y Apellidos NIF
DATOS DEL REPRESENTANTE
Tipo de persona
Física
Jurídica
Nombre y Apellidos/Razón Social NIF/CIF
Poder de representación que ostenta
La Administración Pública verificará la identidad de los interesados en el procedimiento
administrativo, mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o razón
social, según corresponda, que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento
identificativo equivalente.
Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a
través de cualquier sistema que cuente con un registro previo como usuario que permita
garantizar su identidad conforme al artículo 9.2 de la Ley 39/2015.
Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones,
CVE:
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Martes, 5 de noviembre de 2024
N.º 0214
Pág. 23642