Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Cruz de Paniagua. (BOP-2024-5571)
BOP-2024-5571 Iniciativa de crear Agrupación y aprobación inicial de Estatutos.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AGRUPACIÓN PARA EL SOSTENIENTO EN COMÚN
DE UN ÚNICO PUESTO DE SECRETARÍA E
INTERVENCIÓN EN EL EXCMO. AYTO. DE SANTA
CRUZ DE PANIAGUA Y LA ELM AZABAL.
Ayuntamiento de Santa Cruz de Paniagua.
Plaza de España, 1
10661 Santa Cruz de Paniagua (CÁCERES)
Tlf. 927 67 75 71 Fax. 927 61 75 71
Correo-e: administración@santacruzdepaniagua.es .
ESTATUTOS QUE HAN DE REGIR LA AGRUPACIÓN INTEGRADA POR EL
AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE PANIAGUA Y LA ENTIDAD LOCAL
MENOR AZABAL, PARA EL SOSTENIMIENTO EN COMÚN DEL PUESTO
DE SECRETARIA-INTERVENCIÓN CLASE TERCERA.
Artículo 1. Disposiciones Generales y Entidades que integran la Agrupación.
1. En virtud del 91/2021, de 28 de julio, por el que se regulan los requisitos y el
procedimiento para la constitución, modificación y disolución de agrupaciones de
entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para sostenimiento en
común de puestos de Secretaría, Intervención y Tesorería, el municipio de Santa Cruz
de Paniagua y la Entidad Local Menor Azabal se constituyen en Agrupación para el
sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención-Tesorería, Clase Tercera,
perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención. La citada Agrupación se regirá
por el presente Estatuto y por las disposiciones legales que regulen la materia.
2. La Agrupación carecerá de personalidad jurídica distinta de las Entidades que la
forman.
Artículo 2. Fines y puesto de trabajo que se agrupa.
1. La Agrupación tiene como único objeto disponer de un funcionario/a de
Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional para el servicio de las
Entidades Locales que la componen, y el/la mismo/a tendrá los derechos y obligaciones
generales que la legislación vigente establece, más los especiales que se consignan en el
presente Estatuto.
2. Se designará para el desempeño del puesto objeto de la Agrupación al/ a la
funcionario/a que tenga destino definitivo en el puesto reservado de uno de los
municipios de dicha Agrupación. Si en el momento de la aprobación del expediente de
Agrupación estuviesen cubiertos con carácter definitivo dos o más puestos reservados
en las Entidades agrupadas, la provisión del puesto o puestos resultantes se efectuará de
acuerdo con los principios de mérito y capacidad. El funcionario/a que, como
consecuencia de lo previsto en el párrafo anterior, cesare en su puesto de trabajo,
continuará percibiendo, en tanto se le atribuye otro puesto y durante un plazo máximo
de tres meses, las retribuciones básicas y complementarias correspondientes al
suprimido.
CVE:
BOP-2024-5571
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 31 de octubre de 2024
N.º 0212
Pág. 23384
DE UN ÚNICO PUESTO DE SECRETARÍA E
INTERVENCIÓN EN EL EXCMO. AYTO. DE SANTA
CRUZ DE PANIAGUA Y LA ELM AZABAL.
Ayuntamiento de Santa Cruz de Paniagua.
Plaza de España, 1
10661 Santa Cruz de Paniagua (CÁCERES)
Tlf. 927 67 75 71 Fax. 927 61 75 71
Correo-e: administración@santacruzdepaniagua.es .
ESTATUTOS QUE HAN DE REGIR LA AGRUPACIÓN INTEGRADA POR EL
AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE PANIAGUA Y LA ENTIDAD LOCAL
MENOR AZABAL, PARA EL SOSTENIMIENTO EN COMÚN DEL PUESTO
DE SECRETARIA-INTERVENCIÓN CLASE TERCERA.
Artículo 1. Disposiciones Generales y Entidades que integran la Agrupación.
1. En virtud del 91/2021, de 28 de julio, por el que se regulan los requisitos y el
procedimiento para la constitución, modificación y disolución de agrupaciones de
entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para sostenimiento en
común de puestos de Secretaría, Intervención y Tesorería, el municipio de Santa Cruz
de Paniagua y la Entidad Local Menor Azabal se constituyen en Agrupación para el
sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención-Tesorería, Clase Tercera,
perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención. La citada Agrupación se regirá
por el presente Estatuto y por las disposiciones legales que regulen la materia.
2. La Agrupación carecerá de personalidad jurídica distinta de las Entidades que la
forman.
Artículo 2. Fines y puesto de trabajo que se agrupa.
1. La Agrupación tiene como único objeto disponer de un funcionario/a de
Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional para el servicio de las
Entidades Locales que la componen, y el/la mismo/a tendrá los derechos y obligaciones
generales que la legislación vigente establece, más los especiales que se consignan en el
presente Estatuto.
2. Se designará para el desempeño del puesto objeto de la Agrupación al/ a la
funcionario/a que tenga destino definitivo en el puesto reservado de uno de los
municipios de dicha Agrupación. Si en el momento de la aprobación del expediente de
Agrupación estuviesen cubiertos con carácter definitivo dos o más puestos reservados
en las Entidades agrupadas, la provisión del puesto o puestos resultantes se efectuará de
acuerdo con los principios de mérito y capacidad. El funcionario/a que, como
consecuencia de lo previsto en el párrafo anterior, cesare en su puesto de trabajo,
continuará percibiendo, en tanto se le atribuye otro puesto y durante un plazo máximo
de tres meses, las retribuciones básicas y complementarias correspondientes al
suprimido.
CVE:
BOP-2024-5571
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 31 de octubre de 2024
N.º 0212
Pág. 23384