Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santiago de Alcántara. (BOP-2024-5528)
BOP-2024-5528 Bases y convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, 1 plaza de Operario/a de Mantenimiento.
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DECIMOSÉPTIMA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
1. Deberán presentar en el Registro del Ayuntamiento de Santiago de Alcántara, dentro del
plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pú-
blica la relación de aprobados, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones
de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros
de la Unión Europea, deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada del español
o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está sepa-
rado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
c) Fotocopia y original del título exigido en estas bases, o certificación académica original
que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expe-
dición del mismo.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del ser-
vicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o es-
pecial para el desempeño de funciones públicas por resolución Judicial para el acceso a
la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse
inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
e) Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibili-
dad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Perso-
nal al Servicio de las Administraciones Públicas. Quienes tuvieran la condición de fun-
cionarios estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya
demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación
de la Administración de quien dependan, acreditando cuantas circunstancias consten en
su hoja de servicios.
f) Certificado médico que acredite que no se padece enfermedad, defecto o limitación físi-
ca o psíquica que sea incompatible, impida o menoscabe el normal desempeño de las
funciones propias del puesto de trabajo al que se opte.
2. Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor las personas opositoras pro-
puestas no presentasen sus documentos o no reuniesen los requisitos exigidos, no podrán
ser nombrados, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabili-
dad u oposición.
3. En este caso, la presidencia del Tribunal formulará en que hubieren podido incurrir por fal-
sedad en la instancia solicitando tomar parte en la propuesta a favor de los que habiendo
superado todas las pruebas tuvieran cabida en el número de plazas convocadas.
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Martes, 29 de octubre de 2024
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