Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Saucedilla. (BOP-2024-5310)
BOP-2024-5310 Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Oficial de 1ª Construcción - Encargado/a del proceso excepcional de estabilización de empleo temporal, mediante concurso de méritos.
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de votos de sus miembros presentes, las dudas y propuestas que surjan para su aplicación, así
como las cuestiones que se susciten durante las pruebas, adoptando las medidas necesarias
para garantizar el orden en las mismas. La Secretaría tendrá voz, pero no voto. Los
componentes del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo, notificándolo a la
autoridad convocante, cuando se dé alguna causa de abstención o recusación de conformidad
con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, o cuando se den alguna algunas de las causas previstas por el artículo 97.4 de la Ley
de la Función Pública de Extremadura.
5.ª.6. Normativa de aplicación: En todo lo no previsto en estas bases, será de aplicación lo
dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público. A los solos efectos de la revisión de sus actos o la interposición de
los recursos administrativos que procedan frente a los mismos, se considerarán dependientes
de la Alcaldía Presidencia como órgano que los nombra.
Sexta. Calendario de pruebas y anuncios sucesivos.
6.ª.1. Calendario del proceso selectivo: El inicio del procedimiento de selección tendrá lugar,
antes de que transcurran 6 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias. El plazo máximo de resolución de este proceso selectivo deberá finalizar antes del
31 de diciembre de 2024.
6.ª.2. Apreciación de los requisitos de los aspirantes: Si durante el transcurso del procedimiento
selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de Selección o del órgano convocante, que alguna
de las personas aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la
convocatoria o se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud,
podrá requerirles la documentación acreditativa.
Si se constata que no reúne algún los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado,
emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera
aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos, dando traslado de las inexactitudes o
falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de participación a los efectos
pertinentes.
Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o
dudas fundadas de que alguno de los aspirantes carece de la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas y funciones habituales de la plaza o categoría objeto de la
convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será
evacuado en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter de determinante para resolver.
CVE:
BOP-2024-5310
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de octubre de 2024
N.º 0201
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como las cuestiones que se susciten durante las pruebas, adoptando las medidas necesarias
para garantizar el orden en las mismas. La Secretaría tendrá voz, pero no voto. Los
componentes del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo, notificándolo a la
autoridad convocante, cuando se dé alguna causa de abstención o recusación de conformidad
con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, o cuando se den alguna algunas de las causas previstas por el artículo 97.4 de la Ley
de la Función Pública de Extremadura.
5.ª.6. Normativa de aplicación: En todo lo no previsto en estas bases, será de aplicación lo
dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público. A los solos efectos de la revisión de sus actos o la interposición de
los recursos administrativos que procedan frente a los mismos, se considerarán dependientes
de la Alcaldía Presidencia como órgano que los nombra.
Sexta. Calendario de pruebas y anuncios sucesivos.
6.ª.1. Calendario del proceso selectivo: El inicio del procedimiento de selección tendrá lugar,
antes de que transcurran 6 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias. El plazo máximo de resolución de este proceso selectivo deberá finalizar antes del
31 de diciembre de 2024.
6.ª.2. Apreciación de los requisitos de los aspirantes: Si durante el transcurso del procedimiento
selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de Selección o del órgano convocante, que alguna
de las personas aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la
convocatoria o se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud,
podrá requerirles la documentación acreditativa.
Si se constata que no reúne algún los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado,
emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera
aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos, dando traslado de las inexactitudes o
falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de participación a los efectos
pertinentes.
Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o
dudas fundadas de que alguno de los aspirantes carece de la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas y funciones habituales de la plaza o categoría objeto de la
convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será
evacuado en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter de determinante para resolver.
CVE:
BOP-2024-5310
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de octubre de 2024
N.º 0201
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