Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Saucedilla. (BOP-2024-5307)
BOP-2024-5307 Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Limpiador/a del proceso excepcional de estabilización de empleo temporal, mediante concurso de méritos.
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Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que
resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
Quinta. Tribunal Calificador.
5.ª.1. Composición del Tribunal: Estará integrado por cinco miembros, constará de una
presidencia, una secretaría y tres vocalías, con sus respectivas suplencias, tendiéndose a la
paridad entre mujer y hombre observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de
representación de cada sexo. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la
mitad de sus miembros titulares o suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria la
presencia de la Presidencia y la Secretaría.
Su composición será predominantemente técnica, sus componentes deberán poseer un nivel
de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en la categoría profesional de que se
trate y deberán pertenecer a un grupo de clasificación igual o superior al de las plazas
convocadas. Todos sus integrantes habrán de ser personal funcionario de carrera y, en todo
caso, al menos uno de sus miembros deberá pertenecer a una administración pública distinta.
Junto con la resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento, que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará la
composición del tribunal calificador.
5.ª.2. Designación del Tribunal: Las personas designadas para formar parte del tribunal serán
nombradas por resolución de la Alcaldía Presidencia mediante designación nominal de cada
uno de cargos, titulares y suplentes. La Presidencia, Secretaría y dos vocalías se realizarán
libremente por la Alcaldía. La vocalía proveniente de otra Administración será designada por la
Junta de Extremadura. Dicha resolución se publicará junto con la resolución que apruebe la
lista definitiva de aspirantes.
5.ª.3. Participación de las organizaciones sindicales: Las organizaciones sindicales
representativas en este Ayuntamiento recibirán información sobre el desarrollo de los procesos
selectivos. A iniciativa propia, podrán asistir, en calidad de observadores, un miembro de cada
una de las centrales u organizaciones sindicales con representatividad en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, a excepción de aquellas fases o actos en los que se
delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización.
5.ª.4. Asesores especialistas y personal colaborador: Cuando el procedimiento selectivo, por
dificultad técnica o de otra índole, así lo aconsejare, el Tribunal podrá disponer incorporar al
mismo personal asesor especialista para todas o algunas de las pruebas, que colaborarán con
CVE:
BOP-2024-5307
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de octubre de 2024
N.º 0201
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