Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-5289)
BOP-2024-5289 Bases convocatoria pruebas selectivas para cobertura en propiedad de una plaza de Técnico/a Informático/a. Concurso oposición turno libre. OPE 2022.
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Un/a empleado/a público/a experto/a en la materia designado/a por la Junta de
Extremadura.
Un/a empleado/a público/a experto/a en la materia de la Escuela Politécnica de Cáceres,
designado/a por la Universidad de Extremadura.
Dos empleados/as públicos/as expertos/as en la materia designado/a por el Ayuntamiento
de Cáceres.
Secretaría:
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía, que tendrá voz y no voto.
El Tribunal quedará integrado, además, por el personal suplente respectivo, que
simultáneamente con los/as titulares habrán de designarse.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
A efectos de comunicaciones, reclamaciones y demás incidencias, el Tribunal
tendrá su sede en el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, Plaza Mayor, 1, Cáceres.
Las organizaciones sindicales que formen parte de la mesa de negociación
correspondiente recibirán información sobre el desarrollo del proceso selectivo, pudiendo
participar como observadores en todas las fases y actos del mismo a excepción de aquellos
en los que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su
realización.
El órgano de selección puede disponer la incorporación a sus trabajos de personal
asesor especialista para todas o algunas de las pruebas. Este personal colaborará
exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de
la mitad de las personas miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre
necesaria la presencia de las personas que ostenten la Presidencia y la Secretaría. Las
decisiones se adoptarán por mayoría y están facultados/as para resolver las cuestiones que
pudieran suscitarse durante el proceso selectivo y adoptar los acuerdos necesarios para
garantizar el normal desarrollo de la convocatoria.
El procedimiento de actuación de los Tribunales se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público,
estando sus miembros así como el personal asesor y observadores/as sindicales sujetos a
los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la citada
norma. Asimismo el Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española,
velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.
CVE:
BOP-2024-5289
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de octubre de 2024
N.º 0201
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