Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2024-5283)
BOP-2024-5283 Provisión y Bases de la convocatoria para cubrir, con carácter de personal funcionario de carrera, mediante el sistema de concurso - oposición libre, dos plazas de Administrativo/a.
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levantando el Tribunal el correspondiente acta.
La lista se hará pública, en el tablón anuncios de este Ayuntamiento y en su sede electrónica.
Los casos de empate que se produzcan se dirimirán de la siguiente manera (en su caso):
- Primero: por la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de
oposición (ambos ejercicio);
- Segundo: por la mayor puntuación alcanzada en el apartado del baremo de méritos
relativo a “servicios prestados";
- Tercero: por la mayor puntuación alcanzada en el apartado del baremo de méritos
relativo a “formación”;
- Cuarto: en caso de persistir el empate se realizaría sorteo.
Se elevará al Sr. Alcalde/Presidente de la Corporación, propuesta de nombramiento a favor de
las personas aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido para que formule nombramiento
como funcionarios de carrera, no pudiéndose incluir un número de personas superior al de las
dos plazas convocadas.
Asimismo se creará, al objeto de cubrir posibles servicios urgentes, una bolsa de trabajo, de
acuerdo con la base undécima.
NOVENA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
Las personas aspirantes propuestas por el Tribunal para su nombramiento como funcionario de
carrera deberán presentar en el Ayuntamiento, en el plazo de cinco días hábiles, desde la
publicación de la lista definitiva de personas aspirantes aprobadas en el tablón de anuncios y
en la sede electrónica del ayuntamiento, la siguiente documentación:
a) Original del DNI, pasaporte u otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) Original del título exigido en estas bases o certificado académico original que acredite
haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del
mismo. En el caso de que los aspirantes aleguen titulaciones homologadas o
equivalentes a la exigida habrán de comunicar al Ayuntamiento la disposición legal en
que se reconozca la homologación o equivalencia o, en su caso, aportar certificación
expedida en tal sentido por el órgano competente del Ministerio de Educación, o
cualquier otro órgano de la Administración competente para ello.
CVE:
BOP-2024-5283
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de octubre de 2024
N.º 0201
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