Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almaraz. (BOP-2024-5244)
BOP-2024-5244 Aprobación del Plan de Medidas Antifraude.
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Plan de integridad y de medidas antifraude del Ayuntamiento de Almaraz
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
19
ANEXO IV: DECLARACIÓN INSTITUCIONAL SOBRE LUCHA CONTRA EL FRAUDE.
Uno de los principales objetivos de este Ayuntamiento es reforzar, dentro del ámbito de sus
competencias, la política antifraude en el desarrollo de sus funciones. Por ello, este Ayuntamiento, a
través de esta declaración institucional, quiere manifestar su compromiso con los estándares más altos
en el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales y su adhesión a los más estrictos
principios de integridad, objetividad y honestidad, de manera que su actividad sea percibida por todos
los agentes que se relacionan con ella como opuesta al fraude y la corrupción en cualquiera de sus
formas.
El personal de este Ayuntamiento, en su carácter de empleados públicos, asume y comparte
este compromiso teniendo entre otros deberes los de “velar por los intereses generales, con sujeción
y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y actuar con arreglo a los
siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad,
confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad,
accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la
igualdad entre mujeres y hombres” (artículo 52 de la Ley 7/2017, de 12 de Abril, del Estatuto Básico
del Empleado Público).
Este Ayuntamiento persigue con esta política consolidar dentro de la organización una cultura
que desaliente toda actividad fraudulenta y que facilite su prevención y detección, promoviendo el
desarrollo de procedimientos efectivos para la gestión de estos supuestos.
Este Ayuntamiento pondrá en marcha medidas eficaces y proporcionadas de lucha contra el
fraude, basadas en la experiencia anterior y en la autoevaluación del riesgo de fraude.
Asimismo, procederá a denunciar aquellas irregularidades o sospechas de fraude que pudieran
detectarse, a través de los canales internos de notificación y siempre en colaboración con el Servicio
Nacional de Coordinación Antifraude. Todos los informes se tratarán en la más estricta
confidencialidad y de acuerdo con las normas que regulan esta materia.
En definitiva, este Ayuntamiento ha adoptado una política de tolerancia cero con el fraude,
estableciendo un sistema de control interno diseñado para prevenir y detectar, dentro de lo posible,
cualquier actuación fraudulenta y, en su caso, subsanar sus consecuencias, adoptando para ello los
principios de integridad, imparcialidad y honestidad en el ejercicio de sus funciones.
CVE:
BOP-2024-5244
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 14 de octubre de 2024
N.º 0199
Pág. 22101
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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ANEXO IV: DECLARACIÓN INSTITUCIONAL SOBRE LUCHA CONTRA EL FRAUDE.
Uno de los principales objetivos de este Ayuntamiento es reforzar, dentro del ámbito de sus
competencias, la política antifraude en el desarrollo de sus funciones. Por ello, este Ayuntamiento, a
través de esta declaración institucional, quiere manifestar su compromiso con los estándares más altos
en el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales y su adhesión a los más estrictos
principios de integridad, objetividad y honestidad, de manera que su actividad sea percibida por todos
los agentes que se relacionan con ella como opuesta al fraude y la corrupción en cualquiera de sus
formas.
El personal de este Ayuntamiento, en su carácter de empleados públicos, asume y comparte
este compromiso teniendo entre otros deberes los de “velar por los intereses generales, con sujeción
y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y actuar con arreglo a los
siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad,
confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad,
accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la
igualdad entre mujeres y hombres” (artículo 52 de la Ley 7/2017, de 12 de Abril, del Estatuto Básico
del Empleado Público).
Este Ayuntamiento persigue con esta política consolidar dentro de la organización una cultura
que desaliente toda actividad fraudulenta y que facilite su prevención y detección, promoviendo el
desarrollo de procedimientos efectivos para la gestión de estos supuestos.
Este Ayuntamiento pondrá en marcha medidas eficaces y proporcionadas de lucha contra el
fraude, basadas en la experiencia anterior y en la autoevaluación del riesgo de fraude.
Asimismo, procederá a denunciar aquellas irregularidades o sospechas de fraude que pudieran
detectarse, a través de los canales internos de notificación y siempre en colaboración con el Servicio
Nacional de Coordinación Antifraude. Todos los informes se tratarán en la más estricta
confidencialidad y de acuerdo con las normas que regulan esta materia.
En definitiva, este Ayuntamiento ha adoptado una política de tolerancia cero con el fraude,
estableciendo un sistema de control interno diseñado para prevenir y detectar, dentro de lo posible,
cualquier actuación fraudulenta y, en su caso, subsanar sus consecuencias, adoptando para ello los
principios de integridad, imparcialidad y honestidad en el ejercicio de sus funciones.
CVE:
BOP-2024-5244
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 14 de octubre de 2024
N.º 0199
Pág. 22101