Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2024-5217)
BOP-2024-5217 Modificación de Relación de Puestos de Trabajo.
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20. Modificación (reclasificación) de la plaza de INTERVENTOR/A GENERAL, nº expediente R.P.T. 32
a. Justificación: Incremento de obligaciones derivadas de la normativa aplicable.
b. Propuesta de modificación: incremento del Complemento Específico.
c. Titulación exigible: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o grado, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el
ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1.
d. Cuadro de características:
Denominación: Interventor/a General.
Nº de plazas: 1.
Funciones:
Planificar, dirigir y coordinar funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria.
Fiscaliza, en los términos previstos en la legislación, todo acto, documento o expediente que dé lugar al reconocimiento de derechos y
obligaciones de contenido económico o que puedan tener repercusión financiera o patrimonial, emitiendo el correspondiente informe o
formulando, en su caso, las enmiendas pertinentes.
Lleva a cabo la intervención formal de la ordenación del pago y de su realización material.
Realiza la comprobación formal de la aplicación de las cantidades destinadas a obras, suministros, adquisiciones y servicios.
Lleva a cabo la recepción, examen y censura de los justificantes de los mandamientos expedidos a justificar, reclamándolos a su
vencimiento.
Realiza la intervención de los ingresos y fiscalización de todos los actos de gestión tributaria.
Expide certificaciones de descubierto contra los deudores por recursos, reintegros o descubiertos.
Informa de los proyectos de presupuestos y de los expedientes de modificación de créditos de los mismos.
Emite informes, dictámenes y propuestas que en materia económica-financiera o presupuestaria hubieran sido solicitados por la
Presidencia, o por un tercio de los concejales o cuando se trate de materias para las que legalmente se exija una mayoría especial, así
como el dictamen alrededor de la procedencia de nuevos lugares o reforma de los existentes a efectos de evaluar la repercusión
económica-financiera de las respectivas propuestas.
Realiza las comprobaciones o procedimientos de auditoría interna de los Organismos Autónomos o sociedades mercantiles
dependientes de la Entidad en referencia a las operaciones no sujetas a intervención previa, así como el control de carácter financiero
de los mismos, en conformidad con las disposiciones de aquellos que los rijan y los acuerdos que al respeto adopte la Corporación.
Planificar, dirigir y coordinar funciones contables.
Coordina las funciones o actividades contables del Ayuntamiento, según el Plan de Cuentas a que se refiere el artículo 114 de la ley
7/1985, de 2 de abril, emitiendo las instrucciones técnicas oportunas e inspeccionando su aplicación.
Prepara y redacta la Cuenta General del Presupuesto y de la administración del Patrimonio, así como la formulación de la liquidación
del presupuesto anual.
Realiza el examen e informe de las Cuentas de Tesorería y de Valores Independientes y Auxiliares del Presupuesto.
Confecciona formularios y estadísticas para Instituciones y Organismos (Diputación, Hacienda, Junta) referentes al ámbito de los
presupuestos.
Trae y desarrolla la contabilidad financiera y el seguimiento, en términos financieros, de la ejecución de los presupuestos de acuerdo
con las normas generales y las dictadas por el Pleno de la Corporación.
Inspecciona la contabilidad de los organismos autónomos y de las sociedades mercantiles dependientes de la entidad local, de acuerdo
con los procedimientos que establezca el Pleno.
Establece el balance de la entidad local, poniendo de manifiesto la composición y situación de su patrimonio, así como sus variaciones.
Determina los resultados desde un punto de vista económico-patrimonial.
Determina los resultados analíticos poniendo de manifiesto los costes y rendimiento de los servicios.
Registra la ejecución de los presupuestos generales de la entidad, poniendo de manifiesto los resultados presupuestarios.
Registra los movimientos y situación de la tesorería local.
Proporciona los datos necesarios por la formación de la cuenta general de la entidad, así como de las cuentas, estados y documentos
tengan que elaborarse o remitirse al Tribunal de Cuentas.
Facilita la información necesaria por la confección de estadísticas económico-financieras por parte del Ministerio de Hacienda.
Facilita los datos y demás antecedentes que sean precisos por la confección de las cuentas económicas del sector público y las
nacionales de España.
Rendir la información económica y financiera que sea necesaria por la toma de decisiones, tanto en el orden político como en el de
gestión.
Posibilita el ejercicio de los controles de legalidad, financiero y de eficacia.
Posibilita el inventario y el control del inmovilizado material, inmaterial y financiero, el control del endeudamiento y el seguimiento
individualizado de la situación deudora o acreedora de los interesados que se relacionen con la entidad local.
Y además de estas:
Dirigir y gestionar los recursos humanos, económicos y materiales que estén a su cargo para asegurar sus objetivos y programas.
Dirige la intervención general controlando el funcionamiento de las unidades que desarrollan sus funciones.
Fija las directrices operativas a seguir por el personal a su cargo y establece los criterios para evaluar los resultados, controlando
periódicamente el desempeño de los objetivos con sus responsables.
Examina e informa las cuentas de tesorería, analizando el estado de los caudales públicos y su programación.
Prepara informes técnicos sobre el funcionamiento del área y las situaciones realizadas y elabora las propuestas para mejorar la
gestión.
Asesorar a la Corporación en general proporcionando la información sobre aspectos económico-financieros de sus servicios,
procurando un sentido global de actuación y coherente con las capacidades y posibilidades de la organización y sus recursos.
Diseña, dirige, orienta y supervisa las políticas, estrategias y procedimientos en materia de gestión económica y financiera de la
Corporación.
Se coordina y colabora con el resto de la Corporación siempre que sea necesario para el mejor funcionamiento global de la Corporación
y garantizar la transversalidad y el trabajo en red.
Participa en las comisiones de trabajo a las que sea asignado y cumple las atribuciones que le sean encomendadas, siempre que sean
compatibles con su función.
CVE:
BOP-2024-5217
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de octubre de 2024
N.º 0198
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20. Modificación (reclasificación) de la plaza de INTERVENTOR/A GENERAL, nº expediente R.P.T. 32
a. Justificación: Incremento de obligaciones derivadas de la normativa aplicable.
b. Propuesta de modificación: incremento del Complemento Específico.
c. Titulación exigible: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o grado, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el
ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1.
d. Cuadro de características:
Denominación: Interventor/a General.
Nº de plazas: 1.
Funciones:
Planificar, dirigir y coordinar funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria.
Fiscaliza, en los términos previstos en la legislación, todo acto, documento o expediente que dé lugar al reconocimiento de derechos y
obligaciones de contenido económico o que puedan tener repercusión financiera o patrimonial, emitiendo el correspondiente informe o
formulando, en su caso, las enmiendas pertinentes.
Lleva a cabo la intervención formal de la ordenación del pago y de su realización material.
Realiza la comprobación formal de la aplicación de las cantidades destinadas a obras, suministros, adquisiciones y servicios.
Lleva a cabo la recepción, examen y censura de los justificantes de los mandamientos expedidos a justificar, reclamándolos a su
vencimiento.
Realiza la intervención de los ingresos y fiscalización de todos los actos de gestión tributaria.
Expide certificaciones de descubierto contra los deudores por recursos, reintegros o descubiertos.
Informa de los proyectos de presupuestos y de los expedientes de modificación de créditos de los mismos.
Emite informes, dictámenes y propuestas que en materia económica-financiera o presupuestaria hubieran sido solicitados por la
Presidencia, o por un tercio de los concejales o cuando se trate de materias para las que legalmente se exija una mayoría especial, así
como el dictamen alrededor de la procedencia de nuevos lugares o reforma de los existentes a efectos de evaluar la repercusión
económica-financiera de las respectivas propuestas.
Realiza las comprobaciones o procedimientos de auditoría interna de los Organismos Autónomos o sociedades mercantiles
dependientes de la Entidad en referencia a las operaciones no sujetas a intervención previa, así como el control de carácter financiero
de los mismos, en conformidad con las disposiciones de aquellos que los rijan y los acuerdos que al respeto adopte la Corporación.
Planificar, dirigir y coordinar funciones contables.
Coordina las funciones o actividades contables del Ayuntamiento, según el Plan de Cuentas a que se refiere el artículo 114 de la ley
7/1985, de 2 de abril, emitiendo las instrucciones técnicas oportunas e inspeccionando su aplicación.
Prepara y redacta la Cuenta General del Presupuesto y de la administración del Patrimonio, así como la formulación de la liquidación
del presupuesto anual.
Realiza el examen e informe de las Cuentas de Tesorería y de Valores Independientes y Auxiliares del Presupuesto.
Confecciona formularios y estadísticas para Instituciones y Organismos (Diputación, Hacienda, Junta) referentes al ámbito de los
presupuestos.
Trae y desarrolla la contabilidad financiera y el seguimiento, en términos financieros, de la ejecución de los presupuestos de acuerdo
con las normas generales y las dictadas por el Pleno de la Corporación.
Inspecciona la contabilidad de los organismos autónomos y de las sociedades mercantiles dependientes de la entidad local, de acuerdo
con los procedimientos que establezca el Pleno.
Establece el balance de la entidad local, poniendo de manifiesto la composición y situación de su patrimonio, así como sus variaciones.
Determina los resultados desde un punto de vista económico-patrimonial.
Determina los resultados analíticos poniendo de manifiesto los costes y rendimiento de los servicios.
Registra la ejecución de los presupuestos generales de la entidad, poniendo de manifiesto los resultados presupuestarios.
Registra los movimientos y situación de la tesorería local.
Proporciona los datos necesarios por la formación de la cuenta general de la entidad, así como de las cuentas, estados y documentos
tengan que elaborarse o remitirse al Tribunal de Cuentas.
Facilita la información necesaria por la confección de estadísticas económico-financieras por parte del Ministerio de Hacienda.
Facilita los datos y demás antecedentes que sean precisos por la confección de las cuentas económicas del sector público y las
nacionales de España.
Rendir la información económica y financiera que sea necesaria por la toma de decisiones, tanto en el orden político como en el de
gestión.
Posibilita el ejercicio de los controles de legalidad, financiero y de eficacia.
Posibilita el inventario y el control del inmovilizado material, inmaterial y financiero, el control del endeudamiento y el seguimiento
individualizado de la situación deudora o acreedora de los interesados que se relacionen con la entidad local.
Y además de estas:
Dirigir y gestionar los recursos humanos, económicos y materiales que estén a su cargo para asegurar sus objetivos y programas.
Dirige la intervención general controlando el funcionamiento de las unidades que desarrollan sus funciones.
Fija las directrices operativas a seguir por el personal a su cargo y establece los criterios para evaluar los resultados, controlando
periódicamente el desempeño de los objetivos con sus responsables.
Examina e informa las cuentas de tesorería, analizando el estado de los caudales públicos y su programación.
Prepara informes técnicos sobre el funcionamiento del área y las situaciones realizadas y elabora las propuestas para mejorar la
gestión.
Asesorar a la Corporación en general proporcionando la información sobre aspectos económico-financieros de sus servicios,
procurando un sentido global de actuación y coherente con las capacidades y posibilidades de la organización y sus recursos.
Diseña, dirige, orienta y supervisa las políticas, estrategias y procedimientos en materia de gestión económica y financiera de la
Corporación.
Se coordina y colabora con el resto de la Corporación siempre que sea necesario para el mejor funcionamiento global de la Corporación
y garantizar la transversalidad y el trabajo en red.
Participa en las comisiones de trabajo a las que sea asignado y cumple las atribuciones que le sean encomendadas, siempre que sean
compatibles con su función.
CVE:
BOP-2024-5217
Verificable
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Viernes, 11 de octubre de 2024
N.º 0198
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