Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carcaboso. (BOP-2024-5177)
BOP-2024-5177 Bases que han de regir la convocatoria del proceso selectivo de una plaza de Auxiliar Administrativo/a en el marco de los procesos extraordinarios de estabilización del empleo temporal, en aplicación de la ley 20/2021.
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OCTAVA. PROCESO SELECTIVO
8.1. La puntuación definitiva del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos con
arreglo a los apartados anteriores, en su caso, determinando el resultado el orden de clasificación
definitiva de las personas aspirantes.
8.2. De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá atendiendo a los siguientes
criterios de prelación:
1. Se dará prioridad al aspirante con mayor puntuación en los apartados de méritos profesionales, por
el orden en que éstos aparecen reflejados en las presentes bases, siendo la prioridad la valoración por
servicios efectivos prestados como personal funcionario, funcionario interino o como personal laboral
en la Administración convocante.
2. Si el empate persiste, se dará prioridad al aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en los
subapartados de méritos académicos.
3. Si persiste el empate, se dará prioridad atendiendo al orden alfabético de los apellidos y nombre de
los aspirantes, a partir de la letra “S”, según recoge la Resolución de 16 de abril de 2024, de la
Dirección General de Función Pública, por la que se da publicidad resultado del sorteo público que ha
de determinar el orden de actuación y prelación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se
convoquen durante el año 2024 (D.O.E. número 80, de 25 de abril de 2024).
8.3. Baremados los méritos conforme a las reglas anteriores se publicará lista con la puntuación
provisional obtenida por cada uno de los aspirantes, desglosada por cada uno de los subapartados
contemplados en las presentes bases. El plazo para presentar alegaciones y reclamaciones frente a las
puntuaciones provisionales será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la
lista.
8.4. A la vista de las alegaciones, en su caso, el tribunal elaborará la lista de puntuaciones definitivas y
la elevará al Alcalde-Presidente, junto con la propuesta de adjudicación de plazas en favor de los
aspirantes que hubiesen obtenido una puntuación más alta. Dicha propuesta tendrá carácter vinculante.
La resolución de adjudicación, junto con la lista de puntuaciones definitivas, será publicada en el BOP.
NOVENA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
9.1. En el plazo de diez días hábiles desde la publicación de la resolución, los aspirantes a los que se
les hubiera adjudicado plaza deberán presentar en el Registro del Ayuntamiento la siguiente
documentación:
a) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de
funciones públicas por resolución Judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de
funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán
acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
Ayuntamiento de Carcaboso
Ctra. de Plasencia, 22, Carcaboso. 10670 (Cáceres). Tfno. 927402002. Fax: 927402486
Cód.
Validación:
5LKZC7FNXRTN4RDES9CMWKCZ9
Verificación:
https://ayuntamientocarcaboso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-5177
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en:
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Jueves, 10 de octubre de 2024
N.º 0197
Pág. 21766
8.1. La puntuación definitiva del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos con
arreglo a los apartados anteriores, en su caso, determinando el resultado el orden de clasificación
definitiva de las personas aspirantes.
8.2. De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá atendiendo a los siguientes
criterios de prelación:
1. Se dará prioridad al aspirante con mayor puntuación en los apartados de méritos profesionales, por
el orden en que éstos aparecen reflejados en las presentes bases, siendo la prioridad la valoración por
servicios efectivos prestados como personal funcionario, funcionario interino o como personal laboral
en la Administración convocante.
2. Si el empate persiste, se dará prioridad al aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en los
subapartados de méritos académicos.
3. Si persiste el empate, se dará prioridad atendiendo al orden alfabético de los apellidos y nombre de
los aspirantes, a partir de la letra “S”, según recoge la Resolución de 16 de abril de 2024, de la
Dirección General de Función Pública, por la que se da publicidad resultado del sorteo público que ha
de determinar el orden de actuación y prelación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se
convoquen durante el año 2024 (D.O.E. número 80, de 25 de abril de 2024).
8.3. Baremados los méritos conforme a las reglas anteriores se publicará lista con la puntuación
provisional obtenida por cada uno de los aspirantes, desglosada por cada uno de los subapartados
contemplados en las presentes bases. El plazo para presentar alegaciones y reclamaciones frente a las
puntuaciones provisionales será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la
lista.
8.4. A la vista de las alegaciones, en su caso, el tribunal elaborará la lista de puntuaciones definitivas y
la elevará al Alcalde-Presidente, junto con la propuesta de adjudicación de plazas en favor de los
aspirantes que hubiesen obtenido una puntuación más alta. Dicha propuesta tendrá carácter vinculante.
La resolución de adjudicación, junto con la lista de puntuaciones definitivas, será publicada en el BOP.
NOVENA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
9.1. En el plazo de diez días hábiles desde la publicación de la resolución, los aspirantes a los que se
les hubiera adjudicado plaza deberán presentar en el Registro del Ayuntamiento la siguiente
documentación:
a) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de
funciones públicas por resolución Judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de
funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán
acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
Ayuntamiento de Carcaboso
Ctra. de Plasencia, 22, Carcaboso. 10670 (Cáceres). Tfno. 927402002. Fax: 927402486
Cód.
Validación:
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