Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2024-5172)
BOP-2024-5172 Aprobación definitiva modificación del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores y Centro Día.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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municipal en quien delegue, a efectos de asesoramiento y como fedataria/o pública/o,
que actuará con voz, pero sin voto.
El número de representantes de este órgano directivo será siempre impar.
La Comisión de Evaluación y Seguimiento quedará constituida en primera convocatoria,
cuando se encuentren presentes la mitad más uno de sus miembros y, en segunda
convocatoria, cuando hayan transcurrido, mínimo cuarenta y ocho horas, en cuyo caso, se
entenderá, válidamente constituida, cualquiera que sea el número de asistentes, siempre que
al menos estén presentes la Presidencia y la Secretaría y un mínimo de dos vocales.
La convocatoria la realizará la Presidencia con una antelación mínima de 48 horas, señalando
el orden del día, lugar y hora de la reunión, salvo los casos extraordinarios y urgentes.
Los acuerdos del Órgano Directivo, se adoptarán por mayoría simple, decidiendo en caso de
empate, el voto de la Presidencia.
Se levantará acta de las sesiones, en la que figurarán las personas asistentes a la reunión,
desarrollo del orden del día y acuerdos tomados.
La Comisión se reunirá con carácter ordinario, una vez al trimestre, y con carácter
extraordinario, cuantas veces se considere necesario, siempre que exista mayoría simple o lo
soliciten por escrito el 25% de las personas usuarias.
Funciones:
Hacer cumplir las condiciones establecidas en el presente Reglamento Interno.
Recibir propuestas relativas a la mejora de los servicios que se prestan en el Centro.
Recibir de las personas usuarias las anomalías e irregularidades observadas por las
mismas en el Centro, tanto relativas a las instalaciones/servicios como a las relaciones
entre personas usuarias y entre éstas y el personal del Centro.
Elaboración de las normas que rigen el funcionamiento interno de los diferentes
servicios del Centro.
Elaborar programas anuales de actividades.
Planteamiento y resolución de los posibles problemas que pudieran surgir en el Centro,
con el objeto de procurar y mejorar su buen funcionamiento.
Velar por unas relaciones de convivencia participativa y democrática entre las personas
usuarias, estimulando la solidaridad entre las mismas.
Resolución de los expedientes de ingreso en el Centro y admisión y trámite de las
renuncias voluntarias de ingreso, cuando no sean competencia de la Presidencia.
CVE:
BOP-2024-5172
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 10 de octubre de 2024
N.º 0197
Pág. 21692
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municipal en quien delegue, a efectos de asesoramiento y como fedataria/o pública/o,
que actuará con voz, pero sin voto.
El número de representantes de este órgano directivo será siempre impar.
La Comisión de Evaluación y Seguimiento quedará constituida en primera convocatoria,
cuando se encuentren presentes la mitad más uno de sus miembros y, en segunda
convocatoria, cuando hayan transcurrido, mínimo cuarenta y ocho horas, en cuyo caso, se
entenderá, válidamente constituida, cualquiera que sea el número de asistentes, siempre que
al menos estén presentes la Presidencia y la Secretaría y un mínimo de dos vocales.
La convocatoria la realizará la Presidencia con una antelación mínima de 48 horas, señalando
el orden del día, lugar y hora de la reunión, salvo los casos extraordinarios y urgentes.
Los acuerdos del Órgano Directivo, se adoptarán por mayoría simple, decidiendo en caso de
empate, el voto de la Presidencia.
Se levantará acta de las sesiones, en la que figurarán las personas asistentes a la reunión,
desarrollo del orden del día y acuerdos tomados.
La Comisión se reunirá con carácter ordinario, una vez al trimestre, y con carácter
extraordinario, cuantas veces se considere necesario, siempre que exista mayoría simple o lo
soliciten por escrito el 25% de las personas usuarias.
Funciones:
Hacer cumplir las condiciones establecidas en el presente Reglamento Interno.
Recibir propuestas relativas a la mejora de los servicios que se prestan en el Centro.
Recibir de las personas usuarias las anomalías e irregularidades observadas por las
mismas en el Centro, tanto relativas a las instalaciones/servicios como a las relaciones
entre personas usuarias y entre éstas y el personal del Centro.
Elaboración de las normas que rigen el funcionamiento interno de los diferentes
servicios del Centro.
Elaborar programas anuales de actividades.
Planteamiento y resolución de los posibles problemas que pudieran surgir en el Centro,
con el objeto de procurar y mejorar su buen funcionamiento.
Velar por unas relaciones de convivencia participativa y democrática entre las personas
usuarias, estimulando la solidaridad entre las mismas.
Resolución de los expedientes de ingreso en el Centro y admisión y trámite de las
renuncias voluntarias de ingreso, cuando no sean competencia de la Presidencia.
CVE:
BOP-2024-5172
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 10 de octubre de 2024
N.º 0197
Pág. 21692