Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-5115)
BOP-2024-5115 Bases Reguladoras y Convocatoria para la concesión de subvenciones para las actividades a desarrollar por las Asociaciones de Vecinos/as 2024.
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entidad beneficiaria el reintegro de las cantidades percibidas y los intereses de demora
correspondientes desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se
acuerde la procedencia del reintegro, de acuerdo con lo dispuesto en la propia Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza por la que se
regula el régimen general de subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia.
DUODÉCIMA. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD.
En todas las actuaciones que se desarrollen en el marco de esta convocatoria se hará constar
la colaboración del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, debiendo figurar la referencia a la
Concejalía de Distritos y el logotipo de la Concejalía.
DECIMOTERCERA. PUBLICIDAD DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS.
Serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de la Corporación la totalidad de las
subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito
presupuestario al que se imputen, entidad o asociación beneficiaria, cantidad concedida y
finalidad o finalidades de la subvención.
Igualmente y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 8.b del artículo 20 de la Ley General
de Subvenciones, en la redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, el
Ayuntamiento remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones las subvenciones
concedidas con indicación según cada caso, de la convocatoria, el programa y crédito
presupuestario al que se imputen, entidad o asociación beneficiaria, cantidad concedida y
objetivo o finalidad de la subvención con expresión de los distintos programas o proyectos
subvencionados.
DECIMOCUARTA EFICACIA DE LA CONVOCATORIA.
De conformidad con lo establecido en la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la
Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de
registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (BDNS), en su apartado quinto, punto 2, la eficacia de la presente
convocatoria quedará supeditada a la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres.
DECIMOQUINTA. RECURSOS.
Contra la presente convocatoria, y contra la resolución definitiva de concesión o denegación
CVE:
BOP-2024-5115
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 8 de octubre de 2024
N.º 0195
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