Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Holguera. (BOP-2024-5062)
BOP-2024-5062 Ordenanza utilización de locales y bienes municipales.
<< 3 << Página 3
Página 4 Pág. 4
-
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
ARTÍCULO 9. Infracciones y Sanciones.
1. En todo lo relativo a infracciones tributarias y su calificación, así como las sanciones que a
las mismas correspondan en cada caso, se aplicarán las normas contenidas en la Ley General
Tributaria.
2. La imposición de sanciones no suspenderá, en ningún caso, la liquidación y cobro de las
cuotas devengadas.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente ordenanza, aprobada entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación
expresas.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá
interponer por los/as interesados/as recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Holguera, 27 de septiembre de 2024
Josefina Calvo Íñigo
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2024-5062
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de octubre de 2024
N.º 0193
Pág. 21415