Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2024-5055)
BOP-2024-5055 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Escuela Infantil.
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DISPOSICIÓN ADICIONAL UNICA.
Para todo lo no previsto en la presente ordenanza, será de aplicación lo establecido en el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria; La
Ley 8/1989 de 13 de abril, de tasas y precios públicos; La Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
DISPOSICIÓN FINAL UNICA.
La presente ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada
15.07.2024, (incluida modificaciones dadas por el pleno del día 24.09.2024) será de aplicación
a partir de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y continuará vigente en
tanto no se disponga su modificación o derogación.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Cabezuela del Valle, 1 de octubre de 2024
María Luisa Yusta Calle
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2024-5055
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de octubre de 2024
N.º 0193
Pág. 21400
Para todo lo no previsto en la presente ordenanza, será de aplicación lo establecido en el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria; La
Ley 8/1989 de 13 de abril, de tasas y precios públicos; La Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
DISPOSICIÓN FINAL UNICA.
La presente ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada
15.07.2024, (incluida modificaciones dadas por el pleno del día 24.09.2024) será de aplicación
a partir de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y continuará vigente en
tanto no se disponga su modificación o derogación.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Cabezuela del Valle, 1 de octubre de 2024
María Luisa Yusta Calle
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2024-5055
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de octubre de 2024
N.º 0193
Pág. 21400