Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2024-5045)
BOP-2024-5045 Convocatoria para la concesión de Subvenciones en materia de Cultura año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El porcentaje máximo de financiación por parte del Ayuntamiento de Trujillo, de los
proyectos subvencionados no excederán del 65 % del presupuesto total de los mismos.
CUARTA. - ENTIDADES SOLICITANTES.
Podrán solicitar las subvenciones previstas en el objeto de la convocatoria, las
Asociaciones culturales y Fundaciones sin ánimo de lucro domiciliadas en Trujillo, que
estén inscritas o en trámites de inscripción en el Registro de Asociaciones del
Ayuntamiento de Trujillo a la fecha de la publicación de las presentes bases, y no estén
incursas en las circunstancias previstas en el Art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
Podrán concurrir a esta convocatoria las Asociaciones culturales y Fundaciones sin
ánimo de lucro domiciliadas en Trujillo, que se encuentren legalmente constituidas e
inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Trujillo en
el momento de la publicación de la presente convocatoria y los deportistas individuales
siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) No encontrarse incursas en alguna de las circunstancias a las que se refiere el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Igualmente, la entidad beneficiaria deberá encontrarse al corriente de sus
obligaciones tributarias con la hacienda estatal, autonómica y local y con la
Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 1.e de la ley
mencionada ley. Esta circunstancia se podrá comprobar de oficio siempre que el
interesado lo autorice.
b) Que se trate de Asociaciones activas y en funcionamiento.
c) Que hayan justificado las subvenciones recibidas por el Excmo. Ayuntamiento de
Trujillo en anualidades anteriores.
QUINTA. - SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Para solicitar la subvención, será necesario presentar la documentación que a
continuación se relaciona:
I. La solicitud, conforme al Anexo I, deberá acompañarse en el modelo que se
acompaña a estas bases y deberá estar firmada por el/la Presidente/a de la
Asociación solicitante.
II. A la solicitud habrá de acompañarse un Proyecto de actuaciones (según el Anexo
II) para las que se solicita la subvención, a desarrollar durante el año en curso, que
deberá estar cuantificado y presupuestado, donde se especificarán, como mínimo,
los siguientes aspectos:
Cód.
Validación:
9YH4MPX9RPGHXRSR3WE4LWDMK
Verificación:
https://trujillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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3
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CVE:
BOP-2024-5045
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de octubre de 2024
N.º 0192
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proyectos subvencionados no excederán del 65 % del presupuesto total de los mismos.
CUARTA. - ENTIDADES SOLICITANTES.
Podrán solicitar las subvenciones previstas en el objeto de la convocatoria, las
Asociaciones culturales y Fundaciones sin ánimo de lucro domiciliadas en Trujillo, que
estén inscritas o en trámites de inscripción en el Registro de Asociaciones del
Ayuntamiento de Trujillo a la fecha de la publicación de las presentes bases, y no estén
incursas en las circunstancias previstas en el Art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
Podrán concurrir a esta convocatoria las Asociaciones culturales y Fundaciones sin
ánimo de lucro domiciliadas en Trujillo, que se encuentren legalmente constituidas e
inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Trujillo en
el momento de la publicación de la presente convocatoria y los deportistas individuales
siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) No encontrarse incursas en alguna de las circunstancias a las que se refiere el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Igualmente, la entidad beneficiaria deberá encontrarse al corriente de sus
obligaciones tributarias con la hacienda estatal, autonómica y local y con la
Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 1.e de la ley
mencionada ley. Esta circunstancia se podrá comprobar de oficio siempre que el
interesado lo autorice.
b) Que se trate de Asociaciones activas y en funcionamiento.
c) Que hayan justificado las subvenciones recibidas por el Excmo. Ayuntamiento de
Trujillo en anualidades anteriores.
QUINTA. - SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Para solicitar la subvención, será necesario presentar la documentación que a
continuación se relaciona:
I. La solicitud, conforme al Anexo I, deberá acompañarse en el modelo que se
acompaña a estas bases y deberá estar firmada por el/la Presidente/a de la
Asociación solicitante.
II. A la solicitud habrá de acompañarse un Proyecto de actuaciones (según el Anexo
II) para las que se solicita la subvención, a desarrollar durante el año en curso, que
deberá estar cuantificado y presupuestado, donde se especificarán, como mínimo,
los siguientes aspectos:
Cód.
Validación:
9YH4MPX9RPGHXRSR3WE4LWDMK
Verificación:
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