Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2024-5045)
BOP-2024-5045 Convocatoria para la concesión de Subvenciones en materia de Cultura año 2024.
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e) Adquisición de bienes destinados a la venta.
f) Premios en metálico.
g) Gastos de procedimientos judiciales.
h) Las verbenas y fiestas populares.
i) Las celebraciones, viajes y excursiones que no tengan marcado carácter cultural.
j) Las actividades cerradas o que pretendan el disfrute exclusivo del colectivo
solicitante u otros colectivos de forma excluyente.
k) Las actividades cuyo ámbito de actuación sea sectorial o que no sean relevantes a
nivel de ciudad.
l) La solicitud de subvención, con arreglo a esta Convocatoria, de una federación de
asociaciones excluirá la de sus integrantes por separado y viceversa, siempre que
sea para el mismo proyecto.
m) No se admitirán solicitudes de las entidades que sean parte en un convenio de
colaboración vigente con el Ayuntamiento de Trujillo.
n) Los beneficiarios de una subvención directa o nominativa por parte de la
Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Trujillo.
o) Las publicaciones que no cuenten con el compromiso de un sello editorial.
p) Las empresariales o que persigan ánimo de lucro.
q) Los proyectos cuya realización sea inviable, considerándose como tales, entre
otros, los que no prevean la totalidad de su financiación.
r) Los proyectos presentados por Asociaciones o entidades relacionadas con
actividades contratadas con el Ayuntamiento de Trujillo.
s) Los proyectos destinados a inversiones para construcción o mantenimiento de
instalaciones y equipamientos.
t) Proyectos que coincidan, total o parcialmente, con actividades realizadas por la
Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Trujillo.
u) Actividades académicas previstas en los planes de estudios.
v) Actividades que, de manera directa o indirecta, sean sufragadas mediante
cualquier otro concepto presupuestario por este Ayuntamiento.
w) Aquellas actividades que se organicen con ánimo de lucro. Se entenderá que existe
ánimo de lucro aquellas en las que se cobre un precio de entrada a los
espectadores; cuota de inscripción a los participantes o se ponga a la venta por un
precio determinado distintos productos.
TERCERA. - CUANTÍA MÁXIMA Y CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS.
El importe total de las subvenciones a conceder no excederá en su cuantía total de
17.000,00 euros con consignación presupuestaria a cargo de los presupuestos de 2024.
No obstante, la Junta de Gobierno Local se reserva el derecho de no utilizar la totalidad de
esa cantidad.
Cód.
Validación:
9YH4MPX9RPGHXRSR3WE4LWDMK
Verificación:
https://trujillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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2
de
11
CVE:
BOP-2024-5045
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de octubre de 2024
N.º 0192
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