Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2024-4986)
BOP-2024-4986 Bases bolsa de Gestores/as Administrativos/as.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá la exclusión de la Bolsa de Empleo. Se
entenderá como renuncia la no aceptación del puesto de trabajo ofrecido, bien de forma
expresa o de forma tácita al no hacerse efectiva la formalización del contrato de trabajo o toma
de posesión y la incorporación al puesto por causas imputables a la persona aspirante, salvo
que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Parto, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo o
la lactancia.
b) Enfermedad.
c) Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
d) Por estar prestando servicios como empleado/a público/a temporal para las
Administraciones Públicas.
e) Que el puesto ofertado sea de jornada inferior al 70%.
En el supuesto que el nombramiento interino o la contratación laboral temporal sea por tiempo
igual o inferior a seis meses, o bien en puestos con jornada inferior al 70% o para cubrir el
disfrute del permiso de maternidad o paternidad, la persona aspirante se reincorporará a la
bolsa en el lugar que le corresponda. Si dicho nombramiento o contratación es superior a seis
meses volverá a formar parte de la bolsa de empleo, pero al final de la misma.
El departamento de personal remitirá a las Centrales Sindicales presentes en la Mesa General
de Negociación copia del listado de la bolsa de empleo una vez constituida, así como
información semestral sobre las incidencias que se produzcan en la gestión de la misma.
8. RELACIÓN DE PERSONAS APROBADAS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica
del Ayuntamiento la relación de aspirantes por el orden de puntuación alcanzado.
La Alcaldía dictará Resolución por la que se apruebe la Bolsa de trabajo, junto con la relación
de aspirantes que deben integrar esta Bolsa, ordenados por puntuación.
Los/as aspirantes que integren la Bolsa de trabajo temporal serán llamados/as para ocupar las
vacantes o sustituciones correspondiente en régimen de contratación temporal o de
nombramiento de funcionario interino, según el orden de puntuación obtenido.
CVE:
BOP-2024-4986
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
Pág. 21210
entenderá como renuncia la no aceptación del puesto de trabajo ofrecido, bien de forma
expresa o de forma tácita al no hacerse efectiva la formalización del contrato de trabajo o toma
de posesión y la incorporación al puesto por causas imputables a la persona aspirante, salvo
que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Parto, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo o
la lactancia.
b) Enfermedad.
c) Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
d) Por estar prestando servicios como empleado/a público/a temporal para las
Administraciones Públicas.
e) Que el puesto ofertado sea de jornada inferior al 70%.
En el supuesto que el nombramiento interino o la contratación laboral temporal sea por tiempo
igual o inferior a seis meses, o bien en puestos con jornada inferior al 70% o para cubrir el
disfrute del permiso de maternidad o paternidad, la persona aspirante se reincorporará a la
bolsa en el lugar que le corresponda. Si dicho nombramiento o contratación es superior a seis
meses volverá a formar parte de la bolsa de empleo, pero al final de la misma.
El departamento de personal remitirá a las Centrales Sindicales presentes en la Mesa General
de Negociación copia del listado de la bolsa de empleo una vez constituida, así como
información semestral sobre las incidencias que se produzcan en la gestión de la misma.
8. RELACIÓN DE PERSONAS APROBADAS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica
del Ayuntamiento la relación de aspirantes por el orden de puntuación alcanzado.
La Alcaldía dictará Resolución por la que se apruebe la Bolsa de trabajo, junto con la relación
de aspirantes que deben integrar esta Bolsa, ordenados por puntuación.
Los/as aspirantes que integren la Bolsa de trabajo temporal serán llamados/as para ocupar las
vacantes o sustituciones correspondiente en régimen de contratación temporal o de
nombramiento de funcionario interino, según el orden de puntuación obtenido.
CVE:
BOP-2024-4986
Verificable
en:
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Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
Pág. 21210