Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Millán. (BOP-2024-4984)
BOP-2024-4984 Aprobación definitiva Plan de Medidas Antifraude.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Casas de Millán
establece las siguientes obligaciones concretas en cuanto a la prevención y detección de los
conflictos de intereses, que se añade a las que establece contra el fraude.
El conflicto de intereses implica un conflicto entre el deber público y los intereses
privados de un empleado público o en el que el empleado público tiene intereses personales
que pueden influir de manera indebida en el desempeño de sus deberes y
responsabilidades oficiales. En el caso de un beneficiario implicaría un conflicto entre las
obligaciones contraídas al solicitar la ayuda de los fondos y sus intereses privados que
pueden influir de manera indebida en el desempeño de las citadas obligaciones.
1. Medidas de prevención
A. Comunicación e información al personal
El Ayuntamiento de Casas de Millán pondrá en conocimiento y a disposición de todo
el personal a su servicio, de los equipos de gobierno y de los ciudadanos la
información relativa a las distintas modalidades de conflicto de interés y las formas
de evitarlo, mediante la publicación de este Plan Antifraude en la página web:
https://casasdemillan.sedelectronica.es (sede electrónica del Ayuntamiento de Casas
de Millán).
B. Cumplimentación de la declaración de ausencia de conflicto de intereses
(DACI) a los intervinientes en los procedimientos.
En todos los procedimientos de adjudicación de contratos y de concesión de
subvenciones en los que se vean afectados fondos provenientes del PRTR, se
deberá firmar una DACI conforme al modelo establecido en la Orden HFP/55/2023,
de 24 de enero y que se incorpora a este Plan mediante Anexo II.
La DACI se firmará una vez conocidos los participantes en los procedimientos,
respecto de ellos, particularmente deberá constar en el expediente la de los siguientes
sujetos:
— En contratos: el órgano de contratación unipersonal y miembros del órgano de
Cód.
Validación:
9DSAE3NK9A4FYN7Z9GJ2ZW9SP
Verificación:
https://casasdemillan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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de
68
CVE:
BOP-2024-4984
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
Pág. 21149
establece las siguientes obligaciones concretas en cuanto a la prevención y detección de los
conflictos de intereses, que se añade a las que establece contra el fraude.
El conflicto de intereses implica un conflicto entre el deber público y los intereses
privados de un empleado público o en el que el empleado público tiene intereses personales
que pueden influir de manera indebida en el desempeño de sus deberes y
responsabilidades oficiales. En el caso de un beneficiario implicaría un conflicto entre las
obligaciones contraídas al solicitar la ayuda de los fondos y sus intereses privados que
pueden influir de manera indebida en el desempeño de las citadas obligaciones.
1. Medidas de prevención
A. Comunicación e información al personal
El Ayuntamiento de Casas de Millán pondrá en conocimiento y a disposición de todo
el personal a su servicio, de los equipos de gobierno y de los ciudadanos la
información relativa a las distintas modalidades de conflicto de interés y las formas
de evitarlo, mediante la publicación de este Plan Antifraude en la página web:
https://casasdemillan.sedelectronica.es (sede electrónica del Ayuntamiento de Casas
de Millán).
B. Cumplimentación de la declaración de ausencia de conflicto de intereses
(DACI) a los intervinientes en los procedimientos.
En todos los procedimientos de adjudicación de contratos y de concesión de
subvenciones en los que se vean afectados fondos provenientes del PRTR, se
deberá firmar una DACI conforme al modelo establecido en la Orden HFP/55/2023,
de 24 de enero y que se incorpora a este Plan mediante Anexo II.
La DACI se firmará una vez conocidos los participantes en los procedimientos,
respecto de ellos, particularmente deberá constar en el expediente la de los siguientes
sujetos:
— En contratos: el órgano de contratación unipersonal y miembros del órgano de
Cód.
Validación:
9DSAE3NK9A4FYN7Z9GJ2ZW9SP
Verificación:
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