Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Millán. (BOP-2024-4984)
BOP-2024-4984 Aprobación definitiva Plan de Medidas Antifraude.
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Ayuntamiento de Casas de Millán
De cada una de estas reuniones se elevará el oportuno Acta que deberá ser leída y
aprobada por todos los miembros del Comité en la reunión siguiente a la celebración de la
misma.
5. EVALUACIÓN DE RIESGOS
Para poder diseñar medidas antifraude proporcionadas y eficaces, es preciso que el
Ayuntamiento aborde la previa autoevaluación en lo referente a su riesgo de sufrir
actuaciones fraudulentas.
El Comité Antifraude ha sido el encargado de realizar el ejercicio de evaluación inicial
del riesgo de fraude, así como de repetirlo con una frecuencia que en principio se establece
con carácter anual; si bien podrá exigirse con periodicidad inferior ante circunstancias que
así lo aconsejen como pueden ser los cambios normativos u organizativos, la aparición de
circunstancias novedosas o la detección de puntos débiles ante el fraude.
Con fecha 18/05/2023 se mantuvo la primera reunión del Comité donde se realizó el
análisis del riesgo de fraude existente en el Ayuntamiento y se establecieron los
procedimientos necesarios y las medidas para minimizar la ocurrencia de casos de fraude,
asignando un responsable de implantación de cada una de dichas medidas.
Los resultados de dicha autoevaluación se recogen en el Anexo I del presente Plan.
6. MEDIDAS Y PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DEL CONFLICTO DE INTERESES
El Reglamento del MRR adapta la regulación de los conflictos de intereses del
artículo 61 del Reglamento Financiero de la UE al ámbito del MMR, dándoles una virtualidad
propia dentro de los riesgos en la ejecución de fondos, que ha sido contemplada en la Orden
HFP/1030/2021 y en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, en cuanto al análisis
sistemático y automatizado del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos de
adjudicación de los contratos y de concesión de subvenciones
El Ayuntamiento de Casas de Millán, en cumplimiento de la normativa anterior,
Cód.
Validación:
9DSAE3NK9A4FYN7Z9GJ2ZW9SP
Verificación:
https://casasdemillan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
13
de
68
CVE:
BOP-2024-4984
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
Pág. 21148
De cada una de estas reuniones se elevará el oportuno Acta que deberá ser leída y
aprobada por todos los miembros del Comité en la reunión siguiente a la celebración de la
misma.
5. EVALUACIÓN DE RIESGOS
Para poder diseñar medidas antifraude proporcionadas y eficaces, es preciso que el
Ayuntamiento aborde la previa autoevaluación en lo referente a su riesgo de sufrir
actuaciones fraudulentas.
El Comité Antifraude ha sido el encargado de realizar el ejercicio de evaluación inicial
del riesgo de fraude, así como de repetirlo con una frecuencia que en principio se establece
con carácter anual; si bien podrá exigirse con periodicidad inferior ante circunstancias que
así lo aconsejen como pueden ser los cambios normativos u organizativos, la aparición de
circunstancias novedosas o la detección de puntos débiles ante el fraude.
Con fecha 18/05/2023 se mantuvo la primera reunión del Comité donde se realizó el
análisis del riesgo de fraude existente en el Ayuntamiento y se establecieron los
procedimientos necesarios y las medidas para minimizar la ocurrencia de casos de fraude,
asignando un responsable de implantación de cada una de dichas medidas.
Los resultados de dicha autoevaluación se recogen en el Anexo I del presente Plan.
6. MEDIDAS Y PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DEL CONFLICTO DE INTERESES
El Reglamento del MRR adapta la regulación de los conflictos de intereses del
artículo 61 del Reglamento Financiero de la UE al ámbito del MMR, dándoles una virtualidad
propia dentro de los riesgos en la ejecución de fondos, que ha sido contemplada en la Orden
HFP/1030/2021 y en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, en cuanto al análisis
sistemático y automatizado del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos de
adjudicación de los contratos y de concesión de subvenciones
El Ayuntamiento de Casas de Millán, en cumplimiento de la normativa anterior,
Cód.
Validación:
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Verificación:
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