Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-4981)
BOP-2024-4981 Convocatoria para la concesión de Subvenciones en materia de Premios Gymkana Peñas 2024.
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atender al menos una de las solicitudes. Esta opción se comunicará a los interesados para que
accedan a la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de diez días. Una vez
aceptada la propuesta, el órgano administrativo dictará el acto de concesión y procederá a su
notificación en los términos establecidos en la Ley General de Subvenciones y en el
Reglamento de desarrollo].
13. Justificación de la Subvención.
La justificación se llevará a cabo teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Para será necesario presentar al Ayuntamiento, la siguiente documentación:
- Memoria de la actividad realizada por la Concejala de las Áreas de Cultura y Ocio,
Festejos, Juventud e Infancia y Universidad Popular del Ayuntamiento de Alcuéscar,
donde al menos deberá constar identificación del responsable, número de participantes,
actividades realizadas, actividades fuera de la localidad donde participa, resultado de la
valoración global y propuesta de trabajo para el futuro.
- Informe de valoración hecho por la organización, con indicación de los participantes.
- Declaración acreditativa de la Concejala de las Áreas de Cultura y Ocio, Festejos,
Juventud e Infancia y Universidad Popular del Ayuntamiento de Alcuéscar, de que se ha
cumplido la finalidad para la que se aprobaron las Bases.
- Certificados acreditativos de que el beneficiario se encuentra al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Y los documentos exigidos por Intervención para poder hacer frente al pago del importe
concedido.
14. Fin de la vía Administrativa.
El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución
podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en
el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien
directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de
CVE:
BOP-2024-4981
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
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