Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-4979)
BOP-2024-4979 Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres para la prestación del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamento en el término municipal de Cáceres.
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Santiago del Campo, Sierra de Fuentes, Talaván, Torre de Santa María, Torremocha,
Torreorgaz, Torrequemada, Valdefuentes y Villa del Rey.
4.- El importe de la Aportación, será minorado por los siguientes conceptos
correspondientes al ejercicio que se liquide:
- Contribuciones especiales, según lo establecido en la Ordenanza Fiscal Reguladora de
las mismas “por establecimiento, ampliación y mejora del servicio provincial de
prevención y extinción de incendios (SEPEI)” y en el Convenio de Colaboración entre la
Diputación Provincial de Cáceres y la Gestora de Conciertos para la Contribución a los
Servicios de Extinción de Incendios – A.I.E – para el pago de la contribución especial por
el establecimiento, la mejora y la ampliación del servicio de extinción de incendios para
los años de vigencia del mismo, con sus posibles prórrogas o Convenios sucesivos, en su
caso.
- Ingresos de tasas por prestación del servicio de prevención y extinción de incendios y de
salvamento que, en su caso, se produzcan por intervenciones en el ámbito territorial del
parque.
CUARTA.- CONSIGNACIÓN Y ABONO
El ayuntamiento de Cáceres deberá consignar en el Presupuesto del ejercicio 2024 el
importe de la liquidación definitiva del ejercicio 2022, esto es, 2.807.304,98 euros.
Para los siguientes ejercicios del convenio, el Ayuntamiento de Cáceres deberá consignar
anualmente en su Presupuesto General (aportaciones del ejercicio 2025 y siguientes), la
cantidad liquidada en el ejercicio anterior según aplicación de este Convenio.
En cuanto al abono de la aportación correspondiente al ejercicio anterior que se liquida,
se realizará en dos periodos:
Primer periodo en voluntaria: Del 1 de enero al 30 de junio del ejercicio siguiente al
periodo que se liquida, se abonará el 50% del importe consignado en el presupuesto.
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF24YA0ASE00RNDZS8KJBNSX6OXSV7UI
DIPCC-PF24YA0ASE00RNDZS8KJBNSX6OXSV7UI
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
RAFAEL
ANTONIO
MATEOS
PIZARRO
-
ALCALDE-PRESIDENTE
(AYUNTAMIENTO
DE
CACERES)
MIGUEL
ANGEL
MORALES
SANCHEZ
-
PRESIDENTE
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
21/03/2024
17:01
6/9
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-4979
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
Pág. 21096
Torreorgaz, Torrequemada, Valdefuentes y Villa del Rey.
4.- El importe de la Aportación, será minorado por los siguientes conceptos
correspondientes al ejercicio que se liquide:
- Contribuciones especiales, según lo establecido en la Ordenanza Fiscal Reguladora de
las mismas “por establecimiento, ampliación y mejora del servicio provincial de
prevención y extinción de incendios (SEPEI)” y en el Convenio de Colaboración entre la
Diputación Provincial de Cáceres y la Gestora de Conciertos para la Contribución a los
Servicios de Extinción de Incendios – A.I.E – para el pago de la contribución especial por
el establecimiento, la mejora y la ampliación del servicio de extinción de incendios para
los años de vigencia del mismo, con sus posibles prórrogas o Convenios sucesivos, en su
caso.
- Ingresos de tasas por prestación del servicio de prevención y extinción de incendios y de
salvamento que, en su caso, se produzcan por intervenciones en el ámbito territorial del
parque.
CUARTA.- CONSIGNACIÓN Y ABONO
El ayuntamiento de Cáceres deberá consignar en el Presupuesto del ejercicio 2024 el
importe de la liquidación definitiva del ejercicio 2022, esto es, 2.807.304,98 euros.
Para los siguientes ejercicios del convenio, el Ayuntamiento de Cáceres deberá consignar
anualmente en su Presupuesto General (aportaciones del ejercicio 2025 y siguientes), la
cantidad liquidada en el ejercicio anterior según aplicación de este Convenio.
En cuanto al abono de la aportación correspondiente al ejercicio anterior que se liquida,
se realizará en dos periodos:
Primer periodo en voluntaria: Del 1 de enero al 30 de junio del ejercicio siguiente al
periodo que se liquida, se abonará el 50% del importe consignado en el presupuesto.
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF24YA0ASE00RNDZS8KJBNSX6OXSV7UI
DIPCC-PF24YA0ASE00RNDZS8KJBNSX6OXSV7UI
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Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
RAFAEL
ANTONIO
MATEOS
PIZARRO
-
ALCALDE-PRESIDENTE
(AYUNTAMIENTO
DE
CACERES)
MIGUEL
ANGEL
MORALES
SANCHEZ
-
PRESIDENTE
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
21/03/2024
17:01
6/9
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-4979
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
Pág. 21096