Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-4979)
BOP-2024-4979 Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres para la prestación del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamento en el término municipal de Cáceres.
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SEGUNDA.- GESTIÓN, DIRECCIÓN Y RÉGIMEN DEL SERVICIO
La prevención y extinción de incendios y de salvamento en el término municipal de
Cáceres que corresponde al Ayuntamiento de Cáceres, será asumida por el Servicio
Especial de Prevención y Extinción de Incendios, en adelante, SEPEI, de la Diputación
Provincial, a la que se atribuye en exclusiva la titularidad, mando y gestión del servicio,
ajustándose su organización, régimen, funcionamiento y actividades a lo dispuesto en el
correspondiente reglamento de régimen organizativo del mismo y cuantas normas,
acuerdos y resoluciones, instrucciones, circulares o comunicaciones de la Diputación
Provincial sean de aplicación, en el marco de la legislación vigente.
TERCERA.- FINANCIACIÓN
Como contraprestación por el servicio de prevención y extinción de incendios y de
salvamento en el término municipal de Cáceres, el Ayuntamiento de Cáceres se obliga a
realizar a favor de la Diputación Provincial una aportación económica anual que
sufrague el coste directo e indirecto del servicio prestado por el parque de bomberos de
Cáceres y que será calculada con arreglo a los siguientes parámetros, teniendo en cuenta
que el primer ejercicio a liquidar con aplicación de lo establecido en el presente Convenio
será el ejercicio 2024:
1.- La aportación correspondiente será el resultado de multiplicar el número de habitantes
de Cáceres con arreglo a los datos oficiales de 1 de Enero del ejercicio a liquidar, por el
valor de referencia del Parque de Cáceres, esto es:
Aportación = Número de habitantes de Cáceres (1) x Valor de Referencia
(1) Datos INE a 01/01/del Ejercicio a liquidar
siendo el valor de referencia del Parque de Cáceres, el resultado de dividir el coste del
Parque entre el número de habitantes del ámbito territorial del parque con arreglo a los
datos oficiales de 1 de Enero del ejercicio a liquidar, es decir:
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF24YA0ASE00RNDZS8KJBNSX6OXSV7UI
DIPCC-PF24YA0ASE00RNDZS8KJBNSX6OXSV7UI
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
RAFAEL
ANTONIO
MATEOS
PIZARRO
-
ALCALDE-PRESIDENTE
(AYUNTAMIENTO
DE
CACERES)
MIGUEL
ANGEL
MORALES
SANCHEZ
-
PRESIDENTE
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
21/03/2024
17:01
3/9
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-4979
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
Pág. 21093
La prevención y extinción de incendios y de salvamento en el término municipal de
Cáceres que corresponde al Ayuntamiento de Cáceres, será asumida por el Servicio
Especial de Prevención y Extinción de Incendios, en adelante, SEPEI, de la Diputación
Provincial, a la que se atribuye en exclusiva la titularidad, mando y gestión del servicio,
ajustándose su organización, régimen, funcionamiento y actividades a lo dispuesto en el
correspondiente reglamento de régimen organizativo del mismo y cuantas normas,
acuerdos y resoluciones, instrucciones, circulares o comunicaciones de la Diputación
Provincial sean de aplicación, en el marco de la legislación vigente.
TERCERA.- FINANCIACIÓN
Como contraprestación por el servicio de prevención y extinción de incendios y de
salvamento en el término municipal de Cáceres, el Ayuntamiento de Cáceres se obliga a
realizar a favor de la Diputación Provincial una aportación económica anual que
sufrague el coste directo e indirecto del servicio prestado por el parque de bomberos de
Cáceres y que será calculada con arreglo a los siguientes parámetros, teniendo en cuenta
que el primer ejercicio a liquidar con aplicación de lo establecido en el presente Convenio
será el ejercicio 2024:
1.- La aportación correspondiente será el resultado de multiplicar el número de habitantes
de Cáceres con arreglo a los datos oficiales de 1 de Enero del ejercicio a liquidar, por el
valor de referencia del Parque de Cáceres, esto es:
Aportación = Número de habitantes de Cáceres (1) x Valor de Referencia
(1) Datos INE a 01/01/del Ejercicio a liquidar
siendo el valor de referencia del Parque de Cáceres, el resultado de dividir el coste del
Parque entre el número de habitantes del ámbito territorial del parque con arreglo a los
datos oficiales de 1 de Enero del ejercicio a liquidar, es decir:
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF24YA0ASE00RNDZS8KJBNSX6OXSV7UI
DIPCC-PF24YA0ASE00RNDZS8KJBNSX6OXSV7UI
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Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
RAFAEL
ANTONIO
MATEOS
PIZARRO
-
ALCALDE-PRESIDENTE
(AYUNTAMIENTO
DE
CACERES)
MIGUEL
ANGEL
MORALES
SANCHEZ
-
PRESIDENTE
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
21/03/2024
17:01
3/9
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-4979
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
Pág. 21093