Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-4979)
BOP-2024-4979 Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres para la prestación del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamento en el término municipal de Cáceres.
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EXPONEN
1.- El Ayuntamiento de Cáceres, en virtud de los artículos 25.2.f) y 26.1.c) de la Ley
7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ha de prestar el
servicio de prevención y extinción de incendio y de salvamento en su ámbito territorial
municipal.
2.- La Diputación Provincial de Cáceres, sin perjuicio de la obligación derivada para los
Ayuntamientos de Cáceres y Plasencia en los artículos 25.2.f) y 26.1.c) de la Ley 7/1985,
de 2 de Abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, al amparo del artículo 36.1.c)
de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, ha venido
asumiendo la prestación en la provincia de Cáceres del servicio de prevención y extinción
de incendios y de salvamento.
3.- Contando la Diputación Provincial con un Parque de Bomberos en la ciudad de
Cáceres, así como con los medios materiales y personales necesarios para la prestación
del servicio de prevención y extinción de incendios y de salvamento; y careciendo el
Ayuntamiento de Cáceres de los medios necesarios para la prestación de tal servicio en el
ámbito territorial municipal, las partes han decidido concertar su colaboración para la
prestación de citado servicio, de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO
El objeto del presente convenio de colaboración está constituido por la prestación por la
Diputación Provincial en el término municipal de la ciudad de Cáceres del servicio de
prevención y extinción de incendios y de salvamento a que viene obligado el
Ayuntamiento de Cáceres.
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF24YA0ASE00RNDZS8KJBNSX6OXSV7UI
DIPCC-PF24YA0ASE00RNDZS8KJBNSX6OXSV7UI
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
RAFAEL
ANTONIO
MATEOS
PIZARRO
-
ALCALDE-PRESIDENTE
(AYUNTAMIENTO
DE
CACERES)
MIGUEL
ANGEL
MORALES
SANCHEZ
-
PRESIDENTE
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
21/03/2024
17:01
2/9
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-4979
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
Pág. 21092
1.- El Ayuntamiento de Cáceres, en virtud de los artículos 25.2.f) y 26.1.c) de la Ley
7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ha de prestar el
servicio de prevención y extinción de incendio y de salvamento en su ámbito territorial
municipal.
2.- La Diputación Provincial de Cáceres, sin perjuicio de la obligación derivada para los
Ayuntamientos de Cáceres y Plasencia en los artículos 25.2.f) y 26.1.c) de la Ley 7/1985,
de 2 de Abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, al amparo del artículo 36.1.c)
de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, ha venido
asumiendo la prestación en la provincia de Cáceres del servicio de prevención y extinción
de incendios y de salvamento.
3.- Contando la Diputación Provincial con un Parque de Bomberos en la ciudad de
Cáceres, así como con los medios materiales y personales necesarios para la prestación
del servicio de prevención y extinción de incendios y de salvamento; y careciendo el
Ayuntamiento de Cáceres de los medios necesarios para la prestación de tal servicio en el
ámbito territorial municipal, las partes han decidido concertar su colaboración para la
prestación de citado servicio, de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO
El objeto del presente convenio de colaboración está constituido por la prestación por la
Diputación Provincial en el término municipal de la ciudad de Cáceres del servicio de
prevención y extinción de incendios y de salvamento a que viene obligado el
Ayuntamiento de Cáceres.
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF24YA0ASE00RNDZS8KJBNSX6OXSV7UI
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27
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39/2015,
de
1
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Octubre
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RAFAEL
ANTONIO
MATEOS
PIZARRO
-
ALCALDE-PRESIDENTE
(AYUNTAMIENTO
DE
CACERES)
MIGUEL
ANGEL
MORALES
SANCHEZ
-
PRESIDENTE
(DIPUTACION
DE
CACERES)
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21/03/2024
17:01
2/9
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CVE:
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de octubre de 2024
N.º 0190
Pág. 21092