Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cuacos de Yuste. (BOP-2024-4968)
BOP-2024-4968 Aprobación definitiva Modificación del Reglamento de Régimen Interior del Centro de día Municipal.
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Servicio de comedor por días sueltos 7,52 €/ comida
B) Acompañantes (Máximo 2 por usuario):
Cada acompañante deberá abonar el coste íntegro del servicio directamente a la empresa encargada del
catering
Por llevar la comida a domicilio, se abonará un euro más por cada usuario, menú y día.
Artículo 12: Abono de la Tasa: El abono de la tasa se hará de forma ordinaria mediante
domiciliación bancaria, o por cualquier otro medio que determine el Ayuntamiento, por meses
anticipados dentro de los cinco primeros días de cada mes, salvo en los casos de nuevas altas, que
lo abonarán al comienzo de la prestación del servicio.
Artículo 13: Prestación de otros servicios distintos de los de comedor: La utilización de las
instalaciones será gratuita, excepto aquellas actividades que aún desarrollándose en el centro,
no estén incluidas en el servicio y que preste el Ayuntamiento bien por sus propios medios o a
través de contratación o de convenios con otras instituciones, como por ejemplo: podología,
peluquería, manualidades, gimnasia de mantenimiento, cursos de nuevas tecnologías, etc. En
estos casos se determinará la forma de acceso a los mismos de manera independiente a la
condición de usuario del servicio de centro día y se regulará la forma de pago, en el supuesto de
que no fuera gratuito.
TÍTULO CUARTO. - SISTEMA DE REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN EN ÓRGANOS
DE GESTIÓN
Artículo 14: Órgano de Representación del Centro Día: El órgano de representación y
participación será la Junta Directiva del Centro Día de Cuacos de Yuste, que se constituirá cada
vez que se renueve la Corporación como consecuencia de unas elecciones o se renueve el equipo
de gobierno municipal, formada por los siguientes componentes:
Presidente: El Alcalde o concejal en quien delegue.
Secretario: El del Ayuntamiento o funcionario que legalmente le sustituya, que podrá intervenir en
las deliberaciones de la Junta Directiva con voz pero sin voto.
Vocales: un concejal de cada uno de los grupos políticos que conforman la Corporación.
Un representante de las asociaciones de la Tercera Edad con más representación en el
municipio.
Un representante de los usuarios del centro, que será libremente elegido mediante votación por los
usuarios entre los mismos; pudiéndose acordar un sistema de representación de los mismos de
carácter rotatorio anual.
Todos los usuarios tendrán la condición de electores y elegibles en los procesos electorales del
centro. El número de miembros deberá ser en todo caso impar, por lo cual, se incrementará
el número de conseguir ese número.
Cód.
Validación:
3XLYLMY2ZJFZMXM9RXQQ9D7PP
Verificación:
https://cuacosdeyuste.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2024-4968
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de septiembre de 2024
N.º 0189
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B) Acompañantes (Máximo 2 por usuario):
Cada acompañante deberá abonar el coste íntegro del servicio directamente a la empresa encargada del
catering
Por llevar la comida a domicilio, se abonará un euro más por cada usuario, menú y día.
Artículo 12: Abono de la Tasa: El abono de la tasa se hará de forma ordinaria mediante
domiciliación bancaria, o por cualquier otro medio que determine el Ayuntamiento, por meses
anticipados dentro de los cinco primeros días de cada mes, salvo en los casos de nuevas altas, que
lo abonarán al comienzo de la prestación del servicio.
Artículo 13: Prestación de otros servicios distintos de los de comedor: La utilización de las
instalaciones será gratuita, excepto aquellas actividades que aún desarrollándose en el centro,
no estén incluidas en el servicio y que preste el Ayuntamiento bien por sus propios medios o a
través de contratación o de convenios con otras instituciones, como por ejemplo: podología,
peluquería, manualidades, gimnasia de mantenimiento, cursos de nuevas tecnologías, etc. En
estos casos se determinará la forma de acceso a los mismos de manera independiente a la
condición de usuario del servicio de centro día y se regulará la forma de pago, en el supuesto de
que no fuera gratuito.
TÍTULO CUARTO. - SISTEMA DE REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN EN ÓRGANOS
DE GESTIÓN
Artículo 14: Órgano de Representación del Centro Día: El órgano de representación y
participación será la Junta Directiva del Centro Día de Cuacos de Yuste, que se constituirá cada
vez que se renueve la Corporación como consecuencia de unas elecciones o se renueve el equipo
de gobierno municipal, formada por los siguientes componentes:
Presidente: El Alcalde o concejal en quien delegue.
Secretario: El del Ayuntamiento o funcionario que legalmente le sustituya, que podrá intervenir en
las deliberaciones de la Junta Directiva con voz pero sin voto.
Vocales: un concejal de cada uno de los grupos políticos que conforman la Corporación.
Un representante de las asociaciones de la Tercera Edad con más representación en el
municipio.
Un representante de los usuarios del centro, que será libremente elegido mediante votación por los
usuarios entre los mismos; pudiéndose acordar un sistema de representación de los mismos de
carácter rotatorio anual.
Todos los usuarios tendrán la condición de electores y elegibles en los procesos electorales del
centro. El número de miembros deberá ser en todo caso impar, por lo cual, se incrementará
el número de conseguir ese número.
Cód.
Validación:
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Lunes, 30 de septiembre de 2024
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