Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cuacos de Yuste. (BOP-2024-4968)
BOP-2024-4968 Aprobación definitiva Modificación del Reglamento de Régimen Interior del Centro de día Municipal.
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Artículo 9.- Deberes de los Usuarios: Los usuarios del centro municipal tendrán los siguientes
deberes:
- Conocer y cumplir este Reglamento de Régimen Interior.
- Abonar el importe de los servicios recibidos, en la forma que se establezca en la
ordenanza reguladora de la tasa del servicio.
- Respetar el buen uso de todas las instalaciones del centro y colaborar en su
mantenimiento; así mismo, deberán comunicar a los responsables del centro las
anomalías e irregularidades que se observen, así como las posibles averías en las
instalaciones.
- Guardar las normas básicas de higiene, aseo y vestido personales, así como con
las dependencias del centro.
- Mantener un comportamiento correcto y de res- peto mutuo en su relación con el
resto de residentes y con los trabajadores y responsables del centro.
- Acatar y cumplir las instrucciones de los responsables del centro y de los
trabajadores, sin perjuicio del derecho a realizar quejas o sugerencias sobre las mismas.
- Poner en conocimiento de los servicios municipales los cambios en su situación
que incidan en la prestación del servicio, y en especial los que puedan afectar a la
determinación de la tasa a abonar por los servicios prestados.
- Comunicar a los responsables del centro las ausencias a las comidas con la
debida antelación.
- Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo dentro del centro y en
cualquier otro lugar relacionado con sus actividades.
- No se permitirá en el centro una imagen no aceptable del residente en cuanto a
vestimenta, aseo, etc., por lo que se le podrá advertir para su corrección.
- Los usuarios que deseen que se les lleve la comida a domicilio, deberán abonar un
euro más por
- Por llevar la comida a domicilio, se abonará un euro más por cada usuario, menú y día
- Si se desea hacer uso del servicio de comedor, quien no tenga la condición de usuario
deberá abonar el coste del íntegro del servicio directamente a la empresa encargada del
catering.
Cód.
Validación:
3XLYLMY2ZJFZMXM9RXQQ9D7PP
Verificación:
https://cuacosdeyuste.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2024-4968
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de septiembre de 2024
N.º 0189
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