Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Intermunicipal de la Vera. (BOP-2024-4961)
BOP-2024-4961 Convocatoria del proceso selectivo mediante concurso - oposición Libre para la contratación de un/a Trabajador/a Social, personal laboral fijo, para integrar en el Servicio Social de Atención Social Básica de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
tremadura , artículo 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio y artículo 53 de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. En todo lo
no previsto expresamente en estas bases, será de aplicación a los Tribunales Calificadores lo
dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público y supletoriamente, el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El Tribunal de Selección estará formado por cinco miembros, nombrados todos ellos por
resolución de la Presidencia de la Mancomunidad, entre los que deberá figurar un
Presidente/a, un Secretario/a y tres vocales, debiendo poseer todos ellos un nivel de titulación
o especialización igual o superior al exigido, (siendo el exigido :Grupo A subgrupo A2) dando
cumplimiento al criterio de paridad entre mujeres y hombres. Se deberá designar el mismo
número de miembros suplentes.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
Composición del Tribunal de Selección:Los miembros del Tribunal deberán ser funcionarios
de carrera o personal laboral fijo, ostentando los siguientes cargos:
Presidente/a: Titular.-Un empleado público nombrado por la Presidencia .
Suplente:Un empleado público nombrado por la Presidencia .
Vocales Titular.- Un empleado público designado por la Diputación Provincial de Cáceres
Suplente :Un empleado público designado por la Diputación Provincial de Cáceres
Titular: Un representante de la Junta de Extremadura,designado por el Servicio de Régimen
Jurídico de Administración Local (D. Gral. de Administración Local ), preferentemente de la
Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura
Suplente:-Un representante de la Junta de Extremadura,designado por el Servicio de Régimen
Jurídico de Administración Local (D. Gral. de Administración Local ), preferentemente de la
de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura
Titular. Un empleado público designado por Ayuntamiento o Mancomunidad ,Trabajador/a
Social o equivalente.
Suplente:Un empleado público designado por Ayuntamiento o Mancomunidad ,Trabajador/a
Social o equivalente.
Secretario/a: Titular.- La Secretaria-Interventora de la Mancomunidad Intermunicipal de la
Vera (Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional )
Suplente.- Un/a Funcionario/a de Administración Local con habilitación de carácter nacional
Asesor/a: Se convocará en calidad de asesor, con voz pero sin voto, a la coordinadora del
Servicio Social de Base de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera.
En calidad de observadores: Un representante de cada una de las organizaciones sindicales
con representatividad en el ámbito de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera a cuyo
efecto serán notificadas con una antelación mínima de dos días, para que puedan concurrir al
Cód.
Validación:
7CQ65N77EAY5HT36D9GGW492C
Verificación:
https://mancomunidaddelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Viernes, 27 de septiembre de 2024
N.º 0188
Pág. 21018
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
tremadura , artículo 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio y artículo 53 de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. En todo lo
no previsto expresamente en estas bases, será de aplicación a los Tribunales Calificadores lo
dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público y supletoriamente, el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El Tribunal de Selección estará formado por cinco miembros, nombrados todos ellos por
resolución de la Presidencia de la Mancomunidad, entre los que deberá figurar un
Presidente/a, un Secretario/a y tres vocales, debiendo poseer todos ellos un nivel de titulación
o especialización igual o superior al exigido, (siendo el exigido :Grupo A subgrupo A2) dando
cumplimiento al criterio de paridad entre mujeres y hombres. Se deberá designar el mismo
número de miembros suplentes.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
Composición del Tribunal de Selección:Los miembros del Tribunal deberán ser funcionarios
de carrera o personal laboral fijo, ostentando los siguientes cargos:
Presidente/a: Titular.-Un empleado público nombrado por la Presidencia .
Suplente:Un empleado público nombrado por la Presidencia .
Vocales Titular.- Un empleado público designado por la Diputación Provincial de Cáceres
Suplente :Un empleado público designado por la Diputación Provincial de Cáceres
Titular: Un representante de la Junta de Extremadura,designado por el Servicio de Régimen
Jurídico de Administración Local (D. Gral. de Administración Local ), preferentemente de la
Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura
Suplente:-Un representante de la Junta de Extremadura,designado por el Servicio de Régimen
Jurídico de Administración Local (D. Gral. de Administración Local ), preferentemente de la
de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura
Titular. Un empleado público designado por Ayuntamiento o Mancomunidad ,Trabajador/a
Social o equivalente.
Suplente:Un empleado público designado por Ayuntamiento o Mancomunidad ,Trabajador/a
Social o equivalente.
Secretario/a: Titular.- La Secretaria-Interventora de la Mancomunidad Intermunicipal de la
Vera (Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional )
Suplente.- Un/a Funcionario/a de Administración Local con habilitación de carácter nacional
Asesor/a: Se convocará en calidad de asesor, con voz pero sin voto, a la coordinadora del
Servicio Social de Base de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera.
En calidad de observadores: Un representante de cada una de las organizaciones sindicales
con representatividad en el ámbito de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera a cuyo
efecto serán notificadas con una antelación mínima de dos días, para que puedan concurrir al
Cód.
Validación:
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Viernes, 27 de septiembre de 2024
N.º 0188
Pág. 21018