Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Intermunicipal de la Vera. (BOP-2024-4961)
BOP-2024-4961 Convocatoria del proceso selectivo mediante concurso - oposición Libre para la contratación de un/a Trabajador/a Social, personal laboral fijo, para integrar en el Servicio Social de Atención Social Básica de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el
que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Estar en posesión del permiso de conducir tipo B, disponibilidad de vehículo y estar en
disposición de realizar los desplazamientos necesarios para el desarrollo de las actividades
propias del puesto de trabajo.
Todos los requisitos establecidos en esta base deberán cumplirse en el momento de
finalización del plazo de presentación de instancias, mantenerse durante el proceso selectivo y
acreditarse en caso de obtener plaza.
BASE CUARTA: FUNCIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO DE TRABAJO.
Las funciones a desarrollar serán las siguientes :
-Prestación de información, valoración y orientación a las necesidades y demandas de la
población, canalizando las situaciones de necesidad hacia las prestaciones necesarias
- Atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
- Ofrecer información, orientación y asesoramiento social a las personas, familias y grupos
sociales en relación a las prestaciones de servicios sociales.
-Acometer actuaciones preventivas a nivel individual, grupal y/o comunitario, actuando sobre
factores de riesgo que generan las necesidades sociales.
-Detectar, valorar,Diagnóstico de las situaciones de necesidad social personal y/o familiar y
elaboración y ejecución, cuando sea necesario, del plan de atención social regulado en el
artículo 18 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
- Realizar el seguimiento del plan de atención social y desarrollar aquellas intervenciones que
les sean propias en función de las prestaciones de servicios sociales que el catálogo del
Sistema Público de Servicios Sociales, les atribuye.
- Poner en conocimiento de la autoridad judicial o administrativa competente, las situaciones
personales de aquellas personas usuarias de los servicios sociales, cuya actividad o conducta
represente graves riesgos, previsibles o inminentes, para su integridad física o de las otras
personas, pudiendo proponer a la autoridad competente la limitación cautelar de su capacidad,
en los supuestos previstos legalmente.
- Organizar, gestionar, coordinar y evaluar las prestaciones que el catálogo del Sistema
Público de Servicios Sociales les atribuye, así como colaborar con los servicios sociales de
atención especializada en la forma que se determine reglamentariamente.
-Desarrollar un conjunto de actuaciones articuladas en torno a las personas, los grupos y la
comunidad, orientadas al desarrollo socio-comunitario, que actúen en la promoción de las
capacidades sociales y en la acción contra todo tipo de relaciones de dependencia y exclusión,
ya sean generando estrategias de cohesión o en la eliminación de los factores generadores de
desigualdad.
Cód.
Validación:
7CQ65N77EAY5HT36D9GGW492C
Verificación:
https://mancomunidaddelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-4961
Verificable
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Viernes, 27 de septiembre de 2024
N.º 0188
Pág. 21014
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el
que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Estar en posesión del permiso de conducir tipo B, disponibilidad de vehículo y estar en
disposición de realizar los desplazamientos necesarios para el desarrollo de las actividades
propias del puesto de trabajo.
Todos los requisitos establecidos en esta base deberán cumplirse en el momento de
finalización del plazo de presentación de instancias, mantenerse durante el proceso selectivo y
acreditarse en caso de obtener plaza.
BASE CUARTA: FUNCIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO DE TRABAJO.
Las funciones a desarrollar serán las siguientes :
-Prestación de información, valoración y orientación a las necesidades y demandas de la
población, canalizando las situaciones de necesidad hacia las prestaciones necesarias
- Atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
- Ofrecer información, orientación y asesoramiento social a las personas, familias y grupos
sociales en relación a las prestaciones de servicios sociales.
-Acometer actuaciones preventivas a nivel individual, grupal y/o comunitario, actuando sobre
factores de riesgo que generan las necesidades sociales.
-Detectar, valorar,Diagnóstico de las situaciones de necesidad social personal y/o familiar y
elaboración y ejecución, cuando sea necesario, del plan de atención social regulado en el
artículo 18 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
- Realizar el seguimiento del plan de atención social y desarrollar aquellas intervenciones que
les sean propias en función de las prestaciones de servicios sociales que el catálogo del
Sistema Público de Servicios Sociales, les atribuye.
- Poner en conocimiento de la autoridad judicial o administrativa competente, las situaciones
personales de aquellas personas usuarias de los servicios sociales, cuya actividad o conducta
represente graves riesgos, previsibles o inminentes, para su integridad física o de las otras
personas, pudiendo proponer a la autoridad competente la limitación cautelar de su capacidad,
en los supuestos previstos legalmente.
- Organizar, gestionar, coordinar y evaluar las prestaciones que el catálogo del Sistema
Público de Servicios Sociales les atribuye, así como colaborar con los servicios sociales de
atención especializada en la forma que se determine reglamentariamente.
-Desarrollar un conjunto de actuaciones articuladas en torno a las personas, los grupos y la
comunidad, orientadas al desarrollo socio-comunitario, que actúen en la promoción de las
capacidades sociales y en la acción contra todo tipo de relaciones de dependencia y exclusión,
ya sean generando estrategias de cohesión o en la eliminación de los factores generadores de
desigualdad.
Cód.
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N.º 0188
Pág. 21014