Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2024-4956)
BOP-2024-4956 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal n.º 48, reguladora del Precio Público por la Prestación del Servicio de la Escuela Municipal de Música.
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Artículo 4. Devengo.
Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir en el momento de inicio de la prestación
de los servicios.
a) Cuando se inicie la prestación de los servicios indicados en el artículo 5.º siguiente.
b) Cuando se solicite la expedición de certificaciones y/o documentos administrativos
relativos a las enseñanzas recibidas en la Escuela Municipal de música.
Artículo 5. Cuantía.
La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza será la siguiente:
1. Régimen general: por alumno al mes durante la duración del curso académico 20
euros/mes (lenguaje musical, instrumento y banda).
2. Exclusivamente Jardín musical: por alumno al mes durante la duración del curso
académico 10 euros/mes.
3. Por expedición de certificaciones y/o documentos administrativos: 5,00 euros por
documento oficial expedido.
Artículo 6. Normas de gestión.
Las inscripciones en la Escuela municipal de Música “Lorenzo Cordero Talavera” de Navas del
Madroño se tramitarán de acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) La solicitud de reserva de plaza en la Escuela se realizará según modelo previsto
como Anexo I.
b) Los precios recogidos en el punto 5.1 y 5.2 se exigirán mensualmente, conforme a
padrón, y se ingresará en las Entidades Colaboradoras determinadas por este,
Ayuntamiento, mediante domiciliación bancaria.
c) Cuando por motivos no imputables a la Recaudación Municipal no se produzca el
cargo en cuenta de los recibos domiciliados, el sujeto pasivo no quedará liberado de la
obligación del pago y habrá de satisfacer también los gastos ascendentes ocasionados
al Ayuntamiento por la devolución del recibo impagado. Se procederá a la recaudación
de los recibos domiciliados por vía de apremio.
d) No se admitirá la baja en la Escuela de Música a lo largo del curso.
CVE:
BOP-2024-4956
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de septiembre de 2024
N.º 0188
Pág. 21000
Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir en el momento de inicio de la prestación
de los servicios.
a) Cuando se inicie la prestación de los servicios indicados en el artículo 5.º siguiente.
b) Cuando se solicite la expedición de certificaciones y/o documentos administrativos
relativos a las enseñanzas recibidas en la Escuela Municipal de música.
Artículo 5. Cuantía.
La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza será la siguiente:
1. Régimen general: por alumno al mes durante la duración del curso académico 20
euros/mes (lenguaje musical, instrumento y banda).
2. Exclusivamente Jardín musical: por alumno al mes durante la duración del curso
académico 10 euros/mes.
3. Por expedición de certificaciones y/o documentos administrativos: 5,00 euros por
documento oficial expedido.
Artículo 6. Normas de gestión.
Las inscripciones en la Escuela municipal de Música “Lorenzo Cordero Talavera” de Navas del
Madroño se tramitarán de acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) La solicitud de reserva de plaza en la Escuela se realizará según modelo previsto
como Anexo I.
b) Los precios recogidos en el punto 5.1 y 5.2 se exigirán mensualmente, conforme a
padrón, y se ingresará en las Entidades Colaboradoras determinadas por este,
Ayuntamiento, mediante domiciliación bancaria.
c) Cuando por motivos no imputables a la Recaudación Municipal no se produzca el
cargo en cuenta de los recibos domiciliados, el sujeto pasivo no quedará liberado de la
obligación del pago y habrá de satisfacer también los gastos ascendentes ocasionados
al Ayuntamiento por la devolución del recibo impagado. Se procederá a la recaudación
de los recibos domiciliados por vía de apremio.
d) No se admitirá la baja en la Escuela de Música a lo largo del curso.
CVE:
BOP-2024-4956
Verificable
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Viernes, 27 de septiembre de 2024
N.º 0188
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