Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-4889)
BOP-2024-4889 Convocatoria para la Concesión de Subvenciones en materia de Deportes 2024.
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Marzo de 2021, se adoptó por unanimidad de los presentes el acuerdo de: Aprobación inicial
de la Modificación de la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones del
Ayuntamiento de Alcuéscar. Publicado inicialmente el acuerdo en el BOP, de fecha 11 de
marzo de 2.021, (BOP n.º 48), durante el plazo de exposición al público no se han presentado
alegaciones, publicándose definitivamente en el BOP, n.º 81, de fecha 3 de Mayo de 2021.
El Pleno del Ayuntamiento de Alcuéscar, en sesión ordinaria del Pleno de fecha 24 de Junio de
2022, acordó la aprobación inicial del PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL
AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR. Sometido el expediente a información pública, en el BOP
n.º 124, de fecha 30 de Junio de 2.022, no se han presentado alegaciones, publicándose
definitivamente en el BOP n.º 156, de fecha 16 de Agosto de 2024.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, por medio de la ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LA
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR se establecen las
bases reguladoras de la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, conforme a los
principios de igualdad y no discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,
eficacia y eficiencia, recogidos en dicha Ley.
El Excmo. Ayuntamiento de Alcuéscar pretende fomentar, mediante la concesión de
subvenciones y otras ayudas, el desarrollo de programas y actividades de Asociaciones,
Agrupaciones, Entidades y personas, tanto en el ámbito sociocultural y deportivo como en el
cooperativo y asociativo, fomentando estudios, eventos y actividades que contribuyan a la
participación social, al desarrollo de hábitos democráticos, de valores convivenciales, de
solidaridad y justicia social, y a la vez que sean instrumentos de formación, difusión cultural y
participación ciudadana y en base al art. 25.1 de la L.R.B.R.L. que atribuye al municipio la
competencia de promover toda clase de actividades que contribuyan a satisfacer las
necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.
Esta campaña se enmarca de una política cultural y deportiva que pretende que sean los/as
propios/as vecinos/as, ya sean de forma individual o a través de las asociaciones locales,
quienes diseñen y ejecuten sus proyectos e iniciativas socioculturales y sociodeportivas,
buscando la verdadera democracia cultural y deportiva, que en última instancia persigue que
deben ser los/as propios/as ciudadanos/as quienes tomen en sus manos las riendas de su
desarrollo personal y social.
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia
competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una
prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta
CVE:
BOP-2024-4889
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 25 de septiembre de 2024
N.º 0186
Pág. 20735
de la Modificación de la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones del
Ayuntamiento de Alcuéscar. Publicado inicialmente el acuerdo en el BOP, de fecha 11 de
marzo de 2.021, (BOP n.º 48), durante el plazo de exposición al público no se han presentado
alegaciones, publicándose definitivamente en el BOP, n.º 81, de fecha 3 de Mayo de 2021.
El Pleno del Ayuntamiento de Alcuéscar, en sesión ordinaria del Pleno de fecha 24 de Junio de
2022, acordó la aprobación inicial del PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL
AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR. Sometido el expediente a información pública, en el BOP
n.º 124, de fecha 30 de Junio de 2.022, no se han presentado alegaciones, publicándose
definitivamente en el BOP n.º 156, de fecha 16 de Agosto de 2024.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, por medio de la ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LA
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR se establecen las
bases reguladoras de la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, conforme a los
principios de igualdad y no discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,
eficacia y eficiencia, recogidos en dicha Ley.
El Excmo. Ayuntamiento de Alcuéscar pretende fomentar, mediante la concesión de
subvenciones y otras ayudas, el desarrollo de programas y actividades de Asociaciones,
Agrupaciones, Entidades y personas, tanto en el ámbito sociocultural y deportivo como en el
cooperativo y asociativo, fomentando estudios, eventos y actividades que contribuyan a la
participación social, al desarrollo de hábitos democráticos, de valores convivenciales, de
solidaridad y justicia social, y a la vez que sean instrumentos de formación, difusión cultural y
participación ciudadana y en base al art. 25.1 de la L.R.B.R.L. que atribuye al municipio la
competencia de promover toda clase de actividades que contribuyan a satisfacer las
necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.
Esta campaña se enmarca de una política cultural y deportiva que pretende que sean los/as
propios/as vecinos/as, ya sean de forma individual o a través de las asociaciones locales,
quienes diseñen y ejecuten sus proyectos e iniciativas socioculturales y sociodeportivas,
buscando la verdadera democracia cultural y deportiva, que en última instancia persigue que
deben ser los/as propios/as ciudadanos/as quienes tomen en sus manos las riendas de su
desarrollo personal y social.
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia
competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una
prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta
CVE:
BOP-2024-4889
Verificable
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