Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-4889)
BOP-2024-4889 Convocatoria para la Concesión de Subvenciones en materia de Deportes 2024.
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cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos
documentos salvo que el/a interesado/a se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la
aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o
de inspección.
Por Intervención se podrán solicitar cuantos documentos sean necesarios para su justificación
aunque no se mencionen en esta convocatoria, si son necesarios en la labor de fiscalización de
la concesión de subvención y su justificación.
Los gastos se corresponden a la temporada 2024 - 2025, no pudiéndose abonar gastos que
correspondan a la temporada 2023 - 2024.
NOVENA. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será el establecido en la Convocatoria. La solicitud irá
acompañada de la documentación que se fije en la convocatoria en el plazo quince días desde
la publicación de la convocatoria o su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
DÉCIMA. Procedimiento de Concesión.
Establece el artículo 7 el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva.
El procedimiento se iniciará de oficio, mediante convocatoria pública con los apartados
recogidos en la misma.
El órgano competente para la instrucción del expediente es el/a Concejal/a de Deportes.
Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las
solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de
la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones.
El órgano competente para resolver será el Alcalde.
El procedimiento de concesión será el siguiente:
A) Iniciación de oficio:
El procedimiento se iniciará de oficio, mediante convocatoria que, tendrá como mínimo, el
contenido siguiente:
- La referencia a la publicación de la Ordenanza específica de la misma.
CVE:
BOP-2024-4889
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 25 de septiembre de 2024
N.º 0186
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documentos salvo que el/a interesado/a se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la
aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o
de inspección.
Por Intervención se podrán solicitar cuantos documentos sean necesarios para su justificación
aunque no se mencionen en esta convocatoria, si son necesarios en la labor de fiscalización de
la concesión de subvención y su justificación.
Los gastos se corresponden a la temporada 2024 - 2025, no pudiéndose abonar gastos que
correspondan a la temporada 2023 - 2024.
NOVENA. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será el establecido en la Convocatoria. La solicitud irá
acompañada de la documentación que se fije en la convocatoria en el plazo quince días desde
la publicación de la convocatoria o su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
DÉCIMA. Procedimiento de Concesión.
Establece el artículo 7 el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva.
El procedimiento se iniciará de oficio, mediante convocatoria pública con los apartados
recogidos en la misma.
El órgano competente para la instrucción del expediente es el/a Concejal/a de Deportes.
Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las
solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de
la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones.
El órgano competente para resolver será el Alcalde.
El procedimiento de concesión será el siguiente:
A) Iniciación de oficio:
El procedimiento se iniciará de oficio, mediante convocatoria que, tendrá como mínimo, el
contenido siguiente:
- La referencia a la publicación de la Ordenanza específica de la misma.
CVE:
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Verificable
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