Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Pesga. (BOP-2024-4869)
BOP-2024-4869 Aprobación definitiva Programa de Activación de Empleo Local.
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1. Introducción
Dentro de sus limitaciones y posibilidades, el Ayuntamiento del Municipio de La
Pesga procura dar respuesta a las necesidades del conjunto del sistema
productivo, teniendo en cuenta tanto a las empresas como a los trabajadores,
prestando especial atención a las personas trabajadoras desempleadas.
El Programa de activación para el empleo local que se promueve, en función del
diagnóstico de situación del grupo de población que actualmente se encuentra
buscando activamente un empleo dentro de este municipio, contiene
propuestas que pretenden ajustarse a la realidad actual de estas personas.
Para ello, incorpora acciones dirigidas a poner en marcha una política local
integral de empleabilidad, con la pretensión, entre otros fines, de aportar
experiencia laboral a aquellos sectores de población desempleada que tienen
mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha en
Estrasburgo el 15 de octubre de 1985, en relación a alcance de la autonomía
local, las Entidades locales tienen, dentro del ámbito de la Ley, libertad plena
para ejercer su iniciativa en toda materia que no esté excluida de su
competencia o atribuida a otra autoridad.
En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local – en adelante LRBRL, el
Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias,
puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a
satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal mediante el
ejercicio de competencias propias, en materias como:
a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina
urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y
gestión de la vivienda de protección pública con criterios de
sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación.
b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos,
gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la
contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y
tratamiento de aguas residuales.
d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
Cód.
Validación:
72EPCTETWWSPSSX29PMDP4LP7
Verificación:
https://lapesga.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-4869
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 24 de septiembre de 2024
N.º 0185
Pág. 20607
Dentro de sus limitaciones y posibilidades, el Ayuntamiento del Municipio de La
Pesga procura dar respuesta a las necesidades del conjunto del sistema
productivo, teniendo en cuenta tanto a las empresas como a los trabajadores,
prestando especial atención a las personas trabajadoras desempleadas.
El Programa de activación para el empleo local que se promueve, en función del
diagnóstico de situación del grupo de población que actualmente se encuentra
buscando activamente un empleo dentro de este municipio, contiene
propuestas que pretenden ajustarse a la realidad actual de estas personas.
Para ello, incorpora acciones dirigidas a poner en marcha una política local
integral de empleabilidad, con la pretensión, entre otros fines, de aportar
experiencia laboral a aquellos sectores de población desempleada que tienen
mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha en
Estrasburgo el 15 de octubre de 1985, en relación a alcance de la autonomía
local, las Entidades locales tienen, dentro del ámbito de la Ley, libertad plena
para ejercer su iniciativa en toda materia que no esté excluida de su
competencia o atribuida a otra autoridad.
En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local – en adelante LRBRL, el
Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias,
puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a
satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal mediante el
ejercicio de competencias propias, en materias como:
a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina
urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y
gestión de la vivienda de protección pública con criterios de
sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación.
b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos,
gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la
contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y
tratamiento de aguas residuales.
d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
Cód.
Validación:
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