Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde del Fresno. (BOP-2024-4855)
BOP-2024-4855 Bases de selección de un/a Monitor/a Deportivo/a Laboral Temporal.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
y excluidos/as. En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos de tres
días hábiles que se conceden a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo
señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos/as, serán
definitivamente excluidos/as del proceso selectivo.
Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el Tablón Electrónico
de Anuncios y la página web de Empleo Público, una resolución elevando a definitiva la lista
provisional de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u
omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer
ejercicio de la fase de oposición.
Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos/as, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
QUINTA. TRIBUNAL DE SELECCIÓN.
El tribunal calificador estará constituido en la forma establecida por el artículo 60 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a.
- Un/a Presidente/a.
- Tres Vocales.
- Un/a Secretario/a (que actuará con voz, pero sin voto).
Por Resolución de la Alcaldía, se determinará la composición del tribunal.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin al menos la presencia de la mitad de sus
miembros. Los/as miembros del Tribunal deberán de abstenerse de formar parte del mismo y
de intervenir, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El tribunal resolverá por mayoría de votos de los/as miembros presentes todas las dudas que
surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación
procedente en los casos no previstos. En caso de empate resolverá el voto de calidad del/a
Presidente/a. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados en los supuestos y en la forma
establecidos en la ley.
La convocatoria y bases se realizará con la publicación integra de las presentes en el tablón de
edictos del Ayuntamiento y a través de Bandos. Una vez publicadas las presentes bases, los
CVE:
BOP-2024-4855
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de septiembre de 2024
N.º 0184
Pág. 20521