Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2024-4847)
BOP-2024-4847 Aprobación definitiva del Reglamento de Control Interno.
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Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
relación a la posible existencia de algún grado de protección del bien y, en caso afirmativo, limitaciones
y demás parámetros que deban ser tenidos en cuenta.
Al compromiso de gasto se comprobará: Que el /la adjudicatario /a se encuentra al corriente de
sus obligaciones tributarias, con la Entidad Local y con la Seguridad Social.
2. Arrendamiento de bienes patrimoniales
Expediente inicial:
Certificado de inscripción del bien en el inventario como bien patrimonial.
Valoración pericial respecto del precio del arrendamiento.
Informe motivado sobre las circunstancias sociales previstas legalmente en cuanto a la
prevalencia de la rentabilidad social, si se tercia.
Pliego de cláusulas administrativas particulares firmado por el departamento gestor con la
conformidad jurídica del mismo.
Informe jurídico.
Adjudicación del arrendamiento:
Se comprobará que el adjudicatario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias, con
la Entidad Local y con la Seguridad Social.
Se comprobará que se han dado los requisitos de publicidad y concurrencia legalmente
establecidos.
3.Arrendamiento de bienes de particulares
Expediente inicial:
Documentación acreditativa registral de la titularidad del bien a nombre del propietario.
Figura valoración pericial respecto del precio del arrendamiento.
Pliego de cláusulas administrativas particulares firmado por el departamento gestor con la
conformidad jurídica del mismo.
Informe jurídico.
En el caso de adquisición directa/negociado además:
Memoria justificativa del arrendamiento directo.
Compromiso de gasto:
Que el adjudicatario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Entidad
Local y con la Seguridad Social.
Que se han dado los requisitos de publicidad y concurrencia legalmente establecidos.
Reconocimiento de la obligación:
Conformidad de los servicios competentes con la prestación realizada.
Que el arrendador aporte factura.
Comprobar que el documento contable contempla la retención de IRPF, en su caso.
4. Cesiones de uso a precario:
Que el sujeto en favor del cual se prevé la cesión es otra administración o entidad público o bien
una entidad privada sin ánimo de lucro.
Que el acuerdo de cesión determina la finalidad concreta a que la entidad o institución
beneficiaria tiene que destinar el bien.
Que el informe del departamento gestor se pronuncia respecto de la finalidad pública o interés
social del destino del bien, y la concurrencia de la efectiva precariedad de la cesión.
5. Otros casos [alienación de bienes inmuebles/venta parcelas sobrantes/permuta de bienes
inmuebles/cesión gratuita]:
CVE:
BOP-2024-4847
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de septiembre de 2024
N.º 0184
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