Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2024-4847)
BOP-2024-4847 Aprobación definitiva del Reglamento de Control Interno.
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Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
Informe según el cual el/s Beneficiario/s no tienen pendiente de justificar o reintegrar ninguna
subvención anterior otorgada por la Entidad Local, habiendo transcurrido el plazo para hacerlo.
Otorgamiento y pago de subvenciones masivas:
Informe Departamento con la aprobación del gasto, de las bases específicas y apertura de
convocatoria, salvo que se hayan aprobado previamente.
Documentación de que se encuentra al corriente de las obligaciones con la Entidad Local, el
AEAT y la Seg Social.
Cumplimiento de los requisitos establecidos a las bases.
Ninguno de los beneficiarios se encuentra incurso en prohibición para recibir subvención.
Otorgamiento y reconocimiento de la obligación simultánea:
Documentación conforme lo propuesto/s se encuentra al corriente de las obligaciones con la
Entidad Local, el AEAT y la Seg Social.
Documentación acreditativa de haberse procedido a la publicación de las bases y/o convocatoria
en tiempo y forma.
Propuesta justificada de otorgamiento de las subvenciones por el órgano competente,
previamente dictaminada si procediera.
Informe del departamento gestor/instructor sobre la adecuación de la propuesta a la convocatoria
aprobada.
Informe del departamento sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos a los beneficiarios.
Es exigible el acta de la comisión evaluadora
Se aporta el acta.
Informe s/ según el cual el Beneficiario no tiene pendiente de justificar o reintegrar ninguna
subvención anterior otorgada por la Entidad Local.
Se prevén anticipos.
Se ha previsto expresamente.
Bases/convocatoria/convenio/resolución.
Se prevé o no depósito de garantía.
Se ha depositado.
2. Subvenciones directas
Otorgamiento de la subvención- Fase Autorización y Disposición del Gasto (AD):
Informe en relación a la inclusión de la subvención como nominativa en el presupuesto, o bien
en relación a la concurrencia de las circunstancias del artículo. 22.2. b o 22.2.c de la LGS.
Informe jurídico en relación al convenio o resolución que se propone adoptar, si procediere.
Documentación acreditativa conforme al propuesto de que beneficiario/s se encuentra al
corriente de sus obligaciones con la Entidad Local, con el AEAT y con la Seguridad Social.
Informe que avale que no existen subvenciones pendientes de justificar o reintegrar con carácter
anterior.
Reconocimiento de la obligación (Concurrencia competitiva y directas):
a) Si existen anticipos se comprobará además que:
Se ha previsto expresamente tal posibilidad en las bases y convocatoria.
Se ha depositado la garantía que, en su caso, se haya fijado como exigible en las bases, si
procediere..
b) En el supuesto de que se propongan pagos parciales, para cada pago se comprobará, además
de los extremos anteriormente señalados para los anticipos, que:
Se ha previsto expresamente tal posibilidad a las bases /convocatoria/ convenio/resolución.
Se aporta la justificación requerida en las bases, a nombre de la entidad subvencionada y en
proporción al establecido en las bases.
Documentación acreditativa conforme al propuesto de que beneficiario/s se encuentra al
corriente de sus obligaciones con la Entidad Local, con el AEAT y con la Seguridad Social.
CVE:
BOP-2024-4847
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de septiembre de 2024
N.º 0184
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