Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2024-4847)
BOP-2024-4847 Aprobación definitiva del Reglamento de Control Interno.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
Incorporación o reincorporación del titular del puesto de trabajo en los casos
de los contratos de interinidad.
Finalización del periodo máximo de prestación.
Cese voluntario de Personal laboral.
Defunción del trabajador o del funcionario.
Fotocopia de la baja en el régimen de la Seguridad Social.
No obstante en cuanto a los documentos de alta y baja en la seguridad social
se podrá comprobar mediante relación diligenciada por el Departamento de
Personal, si lo hubiere, respecto de las bajas producidas en el mes anterior al de
la nómina que se fiscaliza.
Retribuciones variables:
Resolución del órgano competente.
Correspondencia con los importes informados y fiscalizados según apartado
3.4 de este anexo.
ARTÍCULO 16. Contratos
Además de los aspectos generales recogidos en el artículo 14.2, se comprobarán los
siguientes extremos/o documentos adicionales:
1. Aprobación del gasto:
Cuando se utilicen pliegos tipos de cláusulas administrativas, que exista
constancia que el contrato a celebrar es de naturaleza análoga al informado
jurídicamente.
Los Pliegos de cláusulas administrativas particulares deberán estar
informados jurídicamente o suscritos por técnico jurídico.
El Pliego de prescripciones técnicas.
Informe emitido por el Secretario –Interventor municipal.
Informe en relación al procedimiento de adjudicación a emplear y a los
criterios de adjudicación.
Cuando se proponga como procedimiento de adjudicación el negociado,
comprobar que concurren las circunstancias por las que legalmente se permite
dicho procedimiento.
Cuando se prevea en el pliego de cláusulas administrativas la utilización de
la subasta electrónica, verificar que los criterios de adjudicación a que se refiere la
misma se basen en modificaciones referidas al precio o requisitos cuantificables y
susceptibles de ser expresados en cifras o porcentajes.
Se ha tramitado simultáneamente proyecto con la licitación.
Se ha procedido a la publicación del anuncio de licitación y exposición pública
del proyecto. Se propone la aprobación definitiva del proyecto.
Especialidades en Obras:
Proyecto debidamente aprobado, informado y, si resulta preceptivo,
supervisado. O bien se somete a aprobación simultánea el proyecto, informado y
supervisado.
Acta de replanteo previo y acta de disponibilidad de los terrenos, firmada por el
técnico redactor del proyecto y conformado por el técnico competente.
CVE:
BOP-2024-4847
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de septiembre de 2024
N.º 0184
Pág. 20461
Incorporación o reincorporación del titular del puesto de trabajo en los casos
de los contratos de interinidad.
Finalización del periodo máximo de prestación.
Cese voluntario de Personal laboral.
Defunción del trabajador o del funcionario.
Fotocopia de la baja en el régimen de la Seguridad Social.
No obstante en cuanto a los documentos de alta y baja en la seguridad social
se podrá comprobar mediante relación diligenciada por el Departamento de
Personal, si lo hubiere, respecto de las bajas producidas en el mes anterior al de
la nómina que se fiscaliza.
Retribuciones variables:
Resolución del órgano competente.
Correspondencia con los importes informados y fiscalizados según apartado
3.4 de este anexo.
ARTÍCULO 16. Contratos
Además de los aspectos generales recogidos en el artículo 14.2, se comprobarán los
siguientes extremos/o documentos adicionales:
1. Aprobación del gasto:
Cuando se utilicen pliegos tipos de cláusulas administrativas, que exista
constancia que el contrato a celebrar es de naturaleza análoga al informado
jurídicamente.
Los Pliegos de cláusulas administrativas particulares deberán estar
informados jurídicamente o suscritos por técnico jurídico.
El Pliego de prescripciones técnicas.
Informe emitido por el Secretario –Interventor municipal.
Informe en relación al procedimiento de adjudicación a emplear y a los
criterios de adjudicación.
Cuando se proponga como procedimiento de adjudicación el negociado,
comprobar que concurren las circunstancias por las que legalmente se permite
dicho procedimiento.
Cuando se prevea en el pliego de cláusulas administrativas la utilización de
la subasta electrónica, verificar que los criterios de adjudicación a que se refiere la
misma se basen en modificaciones referidas al precio o requisitos cuantificables y
susceptibles de ser expresados en cifras o porcentajes.
Se ha tramitado simultáneamente proyecto con la licitación.
Se ha procedido a la publicación del anuncio de licitación y exposición pública
del proyecto. Se propone la aprobación definitiva del proyecto.
Especialidades en Obras:
Proyecto debidamente aprobado, informado y, si resulta preceptivo,
supervisado. O bien se somete a aprobación simultánea el proyecto, informado y
supervisado.
Acta de replanteo previo y acta de disponibilidad de los terrenos, firmada por el
técnico redactor del proyecto y conformado por el técnico competente.
CVE:
BOP-2024-4847
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de septiembre de 2024
N.º 0184
Pág. 20461