Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-4845)
BOP-2024-4845 Convocatoria para la elaboración de una bolsa de empleo temporal de Técnicos/as en Historia.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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OCTAVA.- Calificación del proceso selectivo.
8.1 . Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica
que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá difundir, con anterioridad a
la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma, que no
estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
8.2. El ejercicio de la Fase de Oposición se calificará de cero a diez puntos.
8.3. Los criterios de calificación será el siguiente:
- Único ejercicio: Cuestionario tipo test: Cada respuesta correcta se valorará con 0,125 puntos, y
respecto a las respuestas erróneas y en blanco, se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
1º. Cada 3 preguntas contestadas erróneamente se restará una pregunta contestada correctamente.
2º. Las preguntas no contestadas no restarán puntuación.
Será necesario para superar este ejercicio una puntuación mínima del 50 por ciento de la máxima
alcanzable, siendo excluidos quienes no alcancen dicha puntuación.
La puntuación obtenida en este ejercicio se ponderará sobre 6 puntos (100 % del total de 6
puntos asignados a la fase de oposición).
8.4.- La Fase de Concurso no tendrá carácter eliminatorio. La no presentación de la documentación
relativa a los méritos relacionados en la solicitud junto con la instancia de participación, supondrá la no
valoración de la fase de concurso.
8.5. La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de la
calificación final de la Fase de Oposición y la puntuación definitiva obtenida en la Fase de Concurso y,
será en su caso, determinante de la prioridad para la elección de destino.
En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición, en segundo lugar, a la puntuación obtenida en el
apartado de experiencia dentro de la fase de concurso y, en el caso de persistir el empate, se
atenderá al apartado de formación dentro de la fase de concurso. Y en último lugar se atenderá al
sexo menos representado en el Subgrupo de clasificación en que se encuadren las plazas
convocadas. Si finalmente persiste el empate se atenderá al orden del sorteo establecido y
determinado en la base sexta para el primer apellido y conforme a las reglas generales de ordenación
alfabética para el segundo apellido y el nombre.
NOVENA.- Proceso selectivo.
9.1. El proceso selectivo tendrá una duración máxima de doce meses, y el primer ejercicio se
celebrará en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
9.2. Una vez comenzado el ejercicio, los sucesivos anuncios de las calificaciones obtenidas por
los aspirantes que hubieran superado el ejercicio ya realizado, se harán públicas en el Tablónde
Anuncios Electrónico, ubicado en la sede electrónica de la Diputación Provincial, disponiendo los
interesados de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
calificación provisional, para hacer reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el
Tribunal hará públicas en la página web de Empleo Público la relación de aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. Los
aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
La puntuación provisional de la Fase de Concurso se hará pública por el Tribunal Calificador
CVE:
BOP-2024-4845
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de septiembre de 2024
N.º 0184
Pág. 20439
8.1 . Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica
que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá difundir, con anterioridad a
la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma, que no
estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
8.2. El ejercicio de la Fase de Oposición se calificará de cero a diez puntos.
8.3. Los criterios de calificación será el siguiente:
- Único ejercicio: Cuestionario tipo test: Cada respuesta correcta se valorará con 0,125 puntos, y
respecto a las respuestas erróneas y en blanco, se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
1º. Cada 3 preguntas contestadas erróneamente se restará una pregunta contestada correctamente.
2º. Las preguntas no contestadas no restarán puntuación.
Será necesario para superar este ejercicio una puntuación mínima del 50 por ciento de la máxima
alcanzable, siendo excluidos quienes no alcancen dicha puntuación.
La puntuación obtenida en este ejercicio se ponderará sobre 6 puntos (100 % del total de 6
puntos asignados a la fase de oposición).
8.4.- La Fase de Concurso no tendrá carácter eliminatorio. La no presentación de la documentación
relativa a los méritos relacionados en la solicitud junto con la instancia de participación, supondrá la no
valoración de la fase de concurso.
8.5. La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de la
calificación final de la Fase de Oposición y la puntuación definitiva obtenida en la Fase de Concurso y,
será en su caso, determinante de la prioridad para la elección de destino.
En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición, en segundo lugar, a la puntuación obtenida en el
apartado de experiencia dentro de la fase de concurso y, en el caso de persistir el empate, se
atenderá al apartado de formación dentro de la fase de concurso. Y en último lugar se atenderá al
sexo menos representado en el Subgrupo de clasificación en que se encuadren las plazas
convocadas. Si finalmente persiste el empate se atenderá al orden del sorteo establecido y
determinado en la base sexta para el primer apellido y conforme a las reglas generales de ordenación
alfabética para el segundo apellido y el nombre.
NOVENA.- Proceso selectivo.
9.1. El proceso selectivo tendrá una duración máxima de doce meses, y el primer ejercicio se
celebrará en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
9.2. Una vez comenzado el ejercicio, los sucesivos anuncios de las calificaciones obtenidas por
los aspirantes que hubieran superado el ejercicio ya realizado, se harán públicas en el Tablónde
Anuncios Electrónico, ubicado en la sede electrónica de la Diputación Provincial, disponiendo los
interesados de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
calificación provisional, para hacer reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el
Tribunal hará públicas en la página web de Empleo Público la relación de aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. Los
aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
La puntuación provisional de la Fase de Concurso se hará pública por el Tribunal Calificador
CVE:
BOP-2024-4845
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de septiembre de 2024
N.º 0184
Pág. 20439