Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-4845)
BOP-2024-4845 Convocatoria para la elaboración de una bolsa de empleo temporal de Técnicos/as en Historia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La valoración de los méritos o niveles de experiencia no supondrá más de un 40% de la
puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo, de acuerdo con los baremos que figuran a
continuación, que se aplicarán a los aspirantes del proceso selectivo.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en
el proceso selectivos, que consten relacionados en el apartado correspondiente de la instancia y
contraídos hasta el día de publicación del anuncio en el BOE.
A. Titulación: Máximo: 0,4 puntos.
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida para el ingreso en
cada uno de los Grupos o de otra titulación de igual nivel a la exigida, conforme al siguiente cuadro:
TITULACIÓN MÍNIMA EXIGIDA TÍTULOS VALORABLES PUNTOS
GRADO Doctor/a 0,40
Licenciado/a 0,30
Grado 0,30
Máster 0,30
DEA 0,30
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que
tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades,
Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia. O bien en el
Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de
Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente las competencias en educación, según
corresponda a las plazas convocadas.
B. Servicios Prestados: Máximo 2,4 puntos.
Por servicios prestados en Administraciones Públicas, en calidad de funcionario de carrera o
interino, o contratado laboral fijo, temporal o indefinido no fijo de plantilla, en puestos igual a los
que se convoca o con funciones idénticas o análogas, en su contenido profesional y en su nivel
técnico, a las de las del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta,
aunque tengan distinta denominación: Se asignará una puntuación de 0,025 puntos por mes,
hasta un máximo de 2,40 puntos.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en Administraciones
Públicas, mediante certificación expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que
hubiera prestados sus servicios, en la cual deberá constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
-Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
CVE:
BOP-2024-4845
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de septiembre de 2024
N.º 0184
Pág. 20436
puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo, de acuerdo con los baremos que figuran a
continuación, que se aplicarán a los aspirantes del proceso selectivo.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en
el proceso selectivos, que consten relacionados en el apartado correspondiente de la instancia y
contraídos hasta el día de publicación del anuncio en el BOE.
A. Titulación: Máximo: 0,4 puntos.
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida para el ingreso en
cada uno de los Grupos o de otra titulación de igual nivel a la exigida, conforme al siguiente cuadro:
TITULACIÓN MÍNIMA EXIGIDA TÍTULOS VALORABLES PUNTOS
GRADO Doctor/a 0,40
Licenciado/a 0,30
Grado 0,30
Máster 0,30
DEA 0,30
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que
tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades,
Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia. O bien en el
Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de
Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente las competencias en educación, según
corresponda a las plazas convocadas.
B. Servicios Prestados: Máximo 2,4 puntos.
Por servicios prestados en Administraciones Públicas, en calidad de funcionario de carrera o
interino, o contratado laboral fijo, temporal o indefinido no fijo de plantilla, en puestos igual a los
que se convoca o con funciones idénticas o análogas, en su contenido profesional y en su nivel
técnico, a las de las del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta,
aunque tengan distinta denominación: Se asignará una puntuación de 0,025 puntos por mes,
hasta un máximo de 2,40 puntos.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en Administraciones
Públicas, mediante certificación expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que
hubiera prestados sus servicios, en la cual deberá constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
-Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
CVE:
BOP-2024-4845
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de septiembre de 2024
N.º 0184
Pág. 20436