Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera de Alcántara. (BOP-2024-4814)
BOP-2024-4814 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora núm. 3 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
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AYUNTAMIENTO DE HERRERA DE ALCÁNTARA
Calle Santo Domingo, 17 Código Postal: 10512 Herrera de Alcántara – Cáceres
Teléfono: 927 591006 – 927 14 33 92
E- mail: herreradealcantara@mancomunidadsierrasanpedro.com
ORDENANZA FISCAL NÚM. 3 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE
VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA DEL AYUNTAMIENTO DE HERRERA
DE ALCÁNTARA
ÍNDICE DE ARTÍCULOS
ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO LEGAL
ARTÍCULO 2. NATURALEZA Y HECHO IMPONIBLE
ARTÍCULO 3. EXENCIONES
ARTÍCULO 4. SUJETOS PASIVOS
ARTÍCULO 5. CUOTA
ARTÍCULO 6. BONIFICACIONES
ARTÍCULO 7. PERÍODO IMPOSITIVO Y DEVENGO
ARTÍCULO 8. GESTIÓN
ARTÍCULO 9. RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE
VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA DEL AYUNTAMIENTO DE
HERRERA DE ALCÁNTARA
Cód.
Validación:
9LFLWXD39QKQN5NWNGFH99NSR
Verificación:
https://herreradealcantara.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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1
de
13
CVE:
BOP-2024-4814
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de septiembre de 2024
N.º 0182
Pág. 20246
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ARTÍCULO 2. NATURALEZA Y HECHO IMPONIBLE
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ARTÍCULO 6. BONIFICACIONES
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DISPOSICIÓN TRANSITORIA
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