Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alagón del Río. (BOP-2024-4787)
BOP-2024-4787 Bases bolsa de trabajo Secretaría - Intervención.
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8. Indemnizaciones por asistencia.
Las indemnizaciones por asistencia como miembro del Tribunal se efectuarán con arreglo a la
categoría 1ª del Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones
por razón del Servicio, a efectos de devengo de asistencias, dietas e indemnizaciones.
9. Impugnación de la convocatoria.
La presente convocatoria y actos administrativos que deriven de ella y de las actuaciones del
Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
10. Funcionamiento de la bolsa.
10.1. Una vez constituida la bolsa de trabajo por orden de puntuación, para la provisión interina
del citado puesto que tendrá una vigencia máxima de tres años.
La inclusión en la lista de espera, hasta tanto no se produzca la toma de posesión, no genera
derecho alguno, salvo el de poder ofertar a sus integrantes el puesto de trabajo para su
nombramiento con carácter interino.
10.2. Cuando se origine la necesidad de cubrir el puesto de Secretario/a - Interventor/a, y no
pudiera hacerse por alguna de la forma de provisión establecida en los artículos 49, 50 y 51 del
Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se ofertará,
mediante comunicación electrónica, por vía telefónica o por correo electrónico, el puesto a
todas las personas incluidas en la lista de espera, siguiendo el orden de prelación en que
figuren en la misma.
La persona seleccionada deberá presentar en el plazo de tres días hábiles la siguiente
documentación, preferentemente, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alagón
del Río o bien, en el supuesto de imposibilidad de utilizar esta vía, mediante el registro de
entrada. Recibida la anterior documentación, se tramitará, junto con el acta del Tribunal del
proceso selectivo y la propuesta de alcaldía para que se efectúe el nombramiento interino, ante
órgano de la Junta de Extremadura con competencias en materia de administración local:
- Escrito de aceptación o rechazo de la oferta del puesto de Secretario/a - Interventor/a
interino/a.
- Certificado médico donde conste la idoneidad para el ejercicio de dicho puesto.
CVE:
BOP-2024-4787
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de septiembre de 2024
N.º 0181
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