Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-4771)
BOP-2024-4771 Plan de Medidas Antifraude.
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PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE MONTEHERMOSO PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN
Y RESILIENCIA.
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Un conflicto de intereses surge cuando una o un empleado público puede tener la
oportunidad de anteponer sus intereses privados a sus deberes profesionales.
Se tendrá especial cuidado en que no se produzcan conflictos de intereses en el
personal empleado público relacionado con los procedimientos de ―contratación‖ y ―concesión
de ayudas públicas‖, en operaciones financiadas por fondos del MRR.
A) Contratación pública.
— En el supuesto de que se identifique un riesgo de conflicto de intereses se procederá
a:
 Analizar los hechos con la persona implicada para aclarar la situación.
 Excluir a la persona en cuestión del procedimiento de contratación.
 En su caso, cancelar el procedimiento.
— En el caso de que efectivamente se haya producido un conflicto de intereses, se
aplicará la normativa legal en materia de sanciones.
B) Ayudas públicas.
— Los empleados públicos que participen en los procesos de selección, concesión y
control de ayudas financiadas con fondos del MRR, se abstendrán de participar en aquellos
asuntos en los que tengan un interés personal.
— En el caso de que efectivamente se produzca un conflicto de intereses, se aplicará la
normativa legal en materia de sanciones.
2. RESPONSABILIDADES RESPECTO DEL CÓDIGO
Entender y cumplir los principios del presente Código Ético y de Conducta, es
responsabilidad de todas las personas que llevan a cabo funciones de gestión, seguimiento y/o
control de operaciones financiadas con fondos del MRR.
No obstante, conviene puntualizar y concretar algunas responsabilidades específicas,
según los diferentes perfiles profesionales.
 Todo el personal.
Tiene la obligación de:
— Leer y cumplir lo dispuesto en el Código.
— Colaborar en su difusión en el entorno de trabajo, a colaboradores, proveedores,
empresas de asistencia técnica, beneficiarios de ayudas o cualquier otra persona que interactúe
con el Ayuntamiento.
 Las personas responsables de servicio.
Además de las anteriores, tienen la obligación de:
— Contribuir a solventar posibles dudas que se planteen respecto al Código.
CVE:
BOP-2024-4771
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de septiembre de 2024
N.º 0179
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