Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-4771)
BOP-2024-4771 Plan de Medidas Antifraude.
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PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE MONTEHERMOSO PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN
Y RESILIENCIA.
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1. PREÁMBULO
El Consejo Europeo aprobó el 21 de junio de 2020 la creación del programa
NextGenerationEU, el mayor instrumento de estímulo económico jamás financiado por la Unión
Europea, en respuesta a la crisis sin precedentes causada por el coronavirus. El elemento con
mayor peso de este programa lo constituye el Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia
(en adelante, MRR), establecido a través del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, cuya finalidad es apoyar la inversión y las
reformas en los Estados miembros para lograr una recuperación sostenible y resiliente, al tiempo
que se promueven las prioridades ecológicas y digitales de la UE.
El MRR tiene cuatro objetivos principales: promover la cohesión económica, social y
territorial de la UE; fortalecer la resiliencia y la capacidad de ajuste de los Estados Miembros;
mitigar las repercusiones sociales y económicas de la crisis de la COVID-19; y apoyar las
transiciones ecológica y digital. Todos ellos van dirigidos a restaurar el potencial de crecimiento
de las economías de la UE, fomentar la creación de empleo tras la crisis y promover el
crecimiento sostenible.
Para alcanzar esos objetivos, cada Estado miembro diseñó un Plan Nacional de
Recuperación y Resiliencia incluyendo las reformas y los proyectos de inversión necesarios para
alcanzar esos objetivos.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español (en adelante PRTR)
tiene cuatro ejes transversales que se vertebran en 10 políticas palanca, dentro de las cuales se
recogen treinta componentes, que permiten articular los programas coherentes de inversiones y
reformas del Plan:
la transición ecológica
la transformación digital
la cohesión social y territorial
la igualdad de género
El artículo 22 del mencionado Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 12 de febrero de 2021, impone a los Estados miembros, en su condición de
beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco del MMR, la adopción de una serie de
medidas de protección de los intereses financieros de la UE, en concordancia con lo establecido
CVE:
BOP-2024-4771
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de septiembre de 2024
N.º 0179
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Y RESILIENCIA.
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1. PREÁMBULO
El Consejo Europeo aprobó el 21 de junio de 2020 la creación del programa
NextGenerationEU, el mayor instrumento de estímulo económico jamás financiado por la Unión
Europea, en respuesta a la crisis sin precedentes causada por el coronavirus. El elemento con
mayor peso de este programa lo constituye el Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia
(en adelante, MRR), establecido a través del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, cuya finalidad es apoyar la inversión y las
reformas en los Estados miembros para lograr una recuperación sostenible y resiliente, al tiempo
que se promueven las prioridades ecológicas y digitales de la UE.
El MRR tiene cuatro objetivos principales: promover la cohesión económica, social y
territorial de la UE; fortalecer la resiliencia y la capacidad de ajuste de los Estados Miembros;
mitigar las repercusiones sociales y económicas de la crisis de la COVID-19; y apoyar las
transiciones ecológica y digital. Todos ellos van dirigidos a restaurar el potencial de crecimiento
de las economías de la UE, fomentar la creación de empleo tras la crisis y promover el
crecimiento sostenible.
Para alcanzar esos objetivos, cada Estado miembro diseñó un Plan Nacional de
Recuperación y Resiliencia incluyendo las reformas y los proyectos de inversión necesarios para
alcanzar esos objetivos.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español (en adelante PRTR)
tiene cuatro ejes transversales que se vertebran en 10 políticas palanca, dentro de las cuales se
recogen treinta componentes, que permiten articular los programas coherentes de inversiones y
reformas del Plan:
la transición ecológica
la transformación digital
la cohesión social y territorial
la igualdad de género
El artículo 22 del mencionado Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 12 de febrero de 2021, impone a los Estados miembros, en su condición de
beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco del MMR, la adopción de una serie de
medidas de protección de los intereses financieros de la UE, en concordancia con lo establecido
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