Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-4771)
BOP-2024-4771 Plan de Medidas Antifraude.
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PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE MONTEHERMOSO PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN
Y RESILIENCIA.
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6. MEDIDAS Y PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DEL CONFLICTO DE
INTERESES
El Reglamento del MRR adapta la regulación de los conflictos de intereses del artículo
61 del Reglamento Financiero de la UE al ámbito del MMR, dándoles una virtualidad propia
dentro de los riesgos en la ejecución de fondos, que ha sido contemplada en la Orden
HFP/1030/2021 y en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, en cuanto al análisis sistemático y
automatizado del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos de adjudicación de los
contratos y de concesión de subvenciones
El Ayuntamiento de Montehermoso, en cumplimiento de la normativa anterior,
establece las siguientes obligaciones concretas en cuanto a la prevención y detección de los
conflictos de intereses, que se añade a las que establece contra el fraude.
El conflicto de intereses implica un conflicto entre el deber público y los intereses
privados de un empleado público o en el que el empleado público tiene intereses personales que
pueden influir de manera indebida en el desempeño de sus deberes y responsabilidades oficiales.
En el caso de un beneficiario implicaría un conflicto entre las obligaciones contraídas al solicitar
la ayuda de los fondos y sus intereses privados que pueden influir de manera indebida en el
desempeño de las citadas obligaciones.
1. Medidas de prevención
A. Comunicación e información al personal
El Ayuntamiento de Montehermoso pondrá en conocimiento y a disposición de todo el
personal a su servicio, de los equipos de gobierno y de los ciudadanos la información
relativa a las distintas modalidades de conflicto de interés y las formas de evitarlo,
mediante la publicación de este Plan Antifraude en la página web:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es (sede electrónica del
Ayuntamiento de Montehermoso).
B. Cumplimentación de la declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI)
a los intervinientes en los procedimientos.
CVE:
BOP-2024-4771
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de septiembre de 2024
N.º 0179
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