Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-4771)
BOP-2024-4771 Plan de Medidas Antifraude.
72 páginas totales
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PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE MONTEHERMOSO PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN
Y RESILIENCIA.
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Con carácter ordinario el Comité Antifraude deberá reunirse, al menos, una vez al año
para conocer de los asuntos que le son propios.
Además de estas reuniones de carácter ordinario, podrá reunirse en cualquier momento
con carácter extraordinario, cuando alguno de sus miembros así lo solicite a la persona
encargada de realizar la Convocatoria.
La Convocatoria a la misma será realizada por parte de la persona representante de la
Secretaría General.
La Convocatoria a la misma deberá ser realizada con una antelación de 48 horas y la
misma deberá ir acompañada de un Orden del Día de los asuntos a tratar.
De cada una de estas reuniones se elevará el oportuno Acta que deberá ser leída y
aprobada por todos los miembros del Comité en la reunión siguiente a la celebración de la
misma.
5. EVALUACIÓN DE RIESGOS
Para poder diseñar medidas antifraude proporcionadas y eficaces, es preciso que el
Ayuntamiento aborde la previa autoevaluación en lo referente a su riesgo de sufrir actuaciones
fraudulentas.
El Comité Antifraude ha sido el encargado de realizar el ejercicio de evaluación inicial
del riesgo de fraude, así como de repetirlo con una frecuencia que en principio se establece con
carácter anual; si bien podrá exigirse con periodicidad inferior ante circunstancias que así lo
aconsejen como pueden ser los cambios normativos u organizativos, la aparición de
circunstancias novedosas o la detección de puntos débiles ante el fraude.
Con fecha 03/09/2024 se mantuvo la primera reunión del Comité donde se realizó el
análisis del riesgo de fraude existente en el Ayuntamiento y se establecieron los procedimientos
necesarios y las medidas para minimizar la ocurrencia de casos de fraude, asignando un
responsable de implantación de cada una de dichas medidas.
Los resultados de dicha autoevaluación se recogen en el Anexo I del presente Plan.
CVE:
BOP-2024-4771
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de septiembre de 2024
N.º 0179
Pág. 20004
Y RESILIENCIA.
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Con carácter ordinario el Comité Antifraude deberá reunirse, al menos, una vez al año
para conocer de los asuntos que le son propios.
Además de estas reuniones de carácter ordinario, podrá reunirse en cualquier momento
con carácter extraordinario, cuando alguno de sus miembros así lo solicite a la persona
encargada de realizar la Convocatoria.
La Convocatoria a la misma será realizada por parte de la persona representante de la
Secretaría General.
La Convocatoria a la misma deberá ser realizada con una antelación de 48 horas y la
misma deberá ir acompañada de un Orden del Día de los asuntos a tratar.
De cada una de estas reuniones se elevará el oportuno Acta que deberá ser leída y
aprobada por todos los miembros del Comité en la reunión siguiente a la celebración de la
misma.
5. EVALUACIÓN DE RIESGOS
Para poder diseñar medidas antifraude proporcionadas y eficaces, es preciso que el
Ayuntamiento aborde la previa autoevaluación en lo referente a su riesgo de sufrir actuaciones
fraudulentas.
El Comité Antifraude ha sido el encargado de realizar el ejercicio de evaluación inicial
del riesgo de fraude, así como de repetirlo con una frecuencia que en principio se establece con
carácter anual; si bien podrá exigirse con periodicidad inferior ante circunstancias que así lo
aconsejen como pueden ser los cambios normativos u organizativos, la aparición de
circunstancias novedosas o la detección de puntos débiles ante el fraude.
Con fecha 03/09/2024 se mantuvo la primera reunión del Comité donde se realizó el
análisis del riesgo de fraude existente en el Ayuntamiento y se establecieron los procedimientos
necesarios y las medidas para minimizar la ocurrencia de casos de fraude, asignando un
responsable de implantación de cada una de dichas medidas.
Los resultados de dicha autoevaluación se recogen en el Anexo I del presente Plan.
CVE:
BOP-2024-4771
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de septiembre de 2024
N.º 0179
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