Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2024-4744)
BOP-2024-4744 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal n.º 7 Tasa por expedición de documentos administrativos.
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días desde la presentación de la solicitud en el Registro del Ayuntamiento, custodiándose, no
obstante, en las dependencias municipales a las que corresponda su entrega hasta un plazo
máximo de 3 meses, a contar desde su expedición.
Transcurrido este plazo sin que el documento de que se trate haya sido retirado, se devengará
nuevamente la Tasa si la persona interesada pretendiese su retirada con posterioridad, por
iniciarse nuevamente el procedimiento.
Asimismo, las certificaciones o documentos podrán ser remitidos electrónicamente al lugar
señalado por las personas interesadas, si así lo solicitasen expresamente.
Artículo 11. Infracciones y sanciones.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a
las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 178 y
siguientes de la Ley General Tributaria.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza entrará en vigor según los plazos legales, y una vez publicado su texto
en el Boletín Oficial de la Provincia, y será de aplicación hasta su modificación o derogación
expresas.
Coria, 6 de septiembre de 2024
Pablo Luis Enciso Cavia
ALCALDE ACCTAL.
CVE:
BOP-2024-4744
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de septiembre de 2024
N.º 0178
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