Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-4730)
BOP-2024-4730 Aprobación definitiva de la Ordenanza General de Subvenciones de la Entidad Local Menor de Valdesalor.
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ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA
ENTIDAD LOCAL MENOR DE VALDESALOR
El objeto de esta normativa es establecer el régimen y el procedimiento general
de actuación de la Entidad Local Menor de Valdesalor en relación con el ámbito de
las subvenciones, desde la solicitud, concesión, justificación, reintegro y el régimen
sancionador.
El artículo 9.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones establece con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones,
deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión
en los términos establecidos en dicha Ley, y añade el artículo 17.2 de dicha ley que
las bases reguladoras de las subvenciones de las corporaciones locales se deberán
aprobar en el marco de las bases de ejecución del presupuesto, a través de una
ordenanza general de subvenciones o mediante una ordenanza específica para las
distintas modalidades de subvenciones.
Por otra parte, en cuanto al régimen jurídico, la normativa que ahora se aprueba
tendrá carácter prevalente respecto en la restante normativa sobre la materia que no
tenga el carácter de básica.
Esta Ordenanza tiene el carácter de Reglamento general y está adaptada a la
Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y al Reglamento
de desarrollo de la Ley General de Subvenciones.
TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
Esta Ordenanza tiene por objeto regular y fijar los criterios y el procedimiento
de concesión de las subvenciones otorgadas por la Entidad Local Menor de
Valdesalor, al amparo de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones (LGS) y demás normativa que sea de aplicación.
Artículo 2. Concepto de subvención y ámbito de aplicación.
Se entiende por subvención, a efectos de esta Ordenanza, cualquier
disposición dineraria efectuada por la Entidad de Valdesalor, a favor de personas
públicas o privadas, y que cumpla los siguientes requisitos:
a) Que la entrega se haga sin contraprestación directa de los beneficiarios.
b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la
ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un
comportamiento singular, ya efectuados o por efectuar, o la concurrencia de
una situación, en bien entendido que el beneficiario deberá cumplir las
obligaciones materiales y formales que se deriven.
c) Que el proyecto, acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el
fomento de una actividad de utilidad pública o de interés social o de
promoción de una finalidad pública.
CVE:
BOP-2024-4730
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 12 de septiembre de 2024
N.º 0177
Pág. 19818
ENTIDAD LOCAL MENOR DE VALDESALOR
El objeto de esta normativa es establecer el régimen y el procedimiento general
de actuación de la Entidad Local Menor de Valdesalor en relación con el ámbito de
las subvenciones, desde la solicitud, concesión, justificación, reintegro y el régimen
sancionador.
El artículo 9.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones establece con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones,
deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión
en los términos establecidos en dicha Ley, y añade el artículo 17.2 de dicha ley que
las bases reguladoras de las subvenciones de las corporaciones locales se deberán
aprobar en el marco de las bases de ejecución del presupuesto, a través de una
ordenanza general de subvenciones o mediante una ordenanza específica para las
distintas modalidades de subvenciones.
Por otra parte, en cuanto al régimen jurídico, la normativa que ahora se aprueba
tendrá carácter prevalente respecto en la restante normativa sobre la materia que no
tenga el carácter de básica.
Esta Ordenanza tiene el carácter de Reglamento general y está adaptada a la
Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y al Reglamento
de desarrollo de la Ley General de Subvenciones.
TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
Esta Ordenanza tiene por objeto regular y fijar los criterios y el procedimiento
de concesión de las subvenciones otorgadas por la Entidad Local Menor de
Valdesalor, al amparo de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones (LGS) y demás normativa que sea de aplicación.
Artículo 2. Concepto de subvención y ámbito de aplicación.
Se entiende por subvención, a efectos de esta Ordenanza, cualquier
disposición dineraria efectuada por la Entidad de Valdesalor, a favor de personas
públicas o privadas, y que cumpla los siguientes requisitos:
a) Que la entrega se haga sin contraprestación directa de los beneficiarios.
b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la
ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un
comportamiento singular, ya efectuados o por efectuar, o la concurrencia de
una situación, en bien entendido que el beneficiario deberá cumplir las
obligaciones materiales y formales que se deriven.
c) Que el proyecto, acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el
fomento de una actividad de utilidad pública o de interés social o de
promoción de una finalidad pública.
CVE:
BOP-2024-4730
Verificable
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