Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serradilla. (BOP-2024-4683)
BOP-2024-4683 Aprobación definitiva Ordenanza General Reguladora de Precios Públicos.
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Disposición Derogatoria.
Las vigentes ordenanzas reguladoras de los precios públicos quedarán derogadas cuando, tras
la entrada en vigor de la presente Ordenanza General, se proceda al primer establecimiento y
fijación de los precios públicos vigentes, conforme al procedimiento previsto en esta Ordenanza
General.
Disposición Final.
La presente Ordenanza General una vez aprobada por el Pleno del Ayuntamiento conforme a
lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local -LRBRL-, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, entrará en
vigor por la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y transcurrido el
plazo previsto en el artículo 65.2 de la misma Ley y producirá efectos hasta su modificación o
derogación.
Todos los preceptos de esta ordenanza que utilizan la forma del masculino genérico se
entenderán aplicables a personas de ambos sexos.
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el
Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo
establecido en los artículos 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, y 10.b) y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa -LJCA-.
Serradilla, 2 de septiembre de 2024
Francisco Javier Sánchez Vega
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-4683
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 9 de septiembre de 2024
N.º 0174
Pág. 19539
Las vigentes ordenanzas reguladoras de los precios públicos quedarán derogadas cuando, tras
la entrada en vigor de la presente Ordenanza General, se proceda al primer establecimiento y
fijación de los precios públicos vigentes, conforme al procedimiento previsto en esta Ordenanza
General.
Disposición Final.
La presente Ordenanza General una vez aprobada por el Pleno del Ayuntamiento conforme a
lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local -LRBRL-, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, entrará en
vigor por la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y transcurrido el
plazo previsto en el artículo 65.2 de la misma Ley y producirá efectos hasta su modificación o
derogación.
Todos los preceptos de esta ordenanza que utilizan la forma del masculino genérico se
entenderán aplicables a personas de ambos sexos.
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el
Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo
establecido en los artículos 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, y 10.b) y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa -LJCA-.
Serradilla, 2 de septiembre de 2024
Francisco Javier Sánchez Vega
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-4683
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 9 de septiembre de 2024
N.º 0174
Pág. 19539