Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serradilla. (BOP-2024-4667)
BOP-2024-4667 Convocatoria y proceso de selección para la contratación de un/a Formador/a para la ejecución del Programa de Aprendizaje a lo Largo de la Vida (PALV). Curso 2024/2025.
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En ambos casos, el llamamiento se realizará por cualquier medio que permitiese
quedar constancia de la misma, pudiendo existir un período de un día máximo desde la
recepción por parte del destinatario/a para aceptar la oferta. Expirado este plazo o bien
recibiendo la renuncia por escrito de dicha oferta, se continuaría con el mismo
procedimiento con el/la siguiente aspirante y supondría el paso al último lugar de la
bolsa correspondiente. Asimismo, una nueva renuncia supondrá la exclusión definitiva
de la bolsa.
Queda derogada cualquier posible bolsa de trabajo anterior para el puesto objeto de
esta convocatoria.
DÉCIMA. Incidencias
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas y adoptar las resoluciones
necesarias para el buen funcionamiento del proceso de selección, con sujeción a lo
dispuesto en la legislación vigente.
Para su público conocimiento, publíquese esta convocatoria de pruebas selectivas y de
sus correspondientes bases en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Serradilla.
Contra la presente convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, los
interesados podrán interponer, alternativamente, o recurso de potestativo de reposición
ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a la publicación de su anuncio en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento
de Serradilla, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -
LPACAP-, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
referida publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Serradilla, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Asimismo, podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.
En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el
Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los
programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de Administración Local, el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Ayuntamiento de Serradilla
Plaza de la Constitución, 1, Serradilla. 10530 (Cáceres). Tfno. 927407002. Fax: 927407163
Cód.
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9TJLN4QL36NJPRN24QRHLRZYH
Verificación:
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Viernes, 6 de septiembre de 2024
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