Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-4638)
BOP-2024-4638 Aprobación definitiva de los Estatutos del Consorcio "Cáceres Capital Europea de la Cultura, 2031".
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c) Por acuerdo favorable del Consejo Rector, adoptado por mayoría
absoluta de sus miembros con derecho a voto, que deberá ser ratificado
por todos y cada uno de los entes consorciados.
d) Por imposibilidad legal y material de realizar sus fines.
Artículo 33. Liquidación del Consorcio.
El acuerdo de liquidación determinará la forma en que haya de procederse
a la liquidación de los bienes, derechos y obligaciones del Consorcio, nombrando
un liquidador.
El liquidador calculará la cuota de liquidación que corresponda a cada
miembro del Consorcio de conformidad, con la participación que le corresponda
en el saldo resultante del patrimonio neto tras la liquidación. Se efectuará en
proporción a las participaciones de cada Administración.
Disposición final.
Los presentes Estatutos entrarán en vigor el día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, y permanecerán en vigor hasta su
modificación o derogación expresa.
CVE:
BOP-2024-4638
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de septiembre de 2024
N.º 0173
Pág. 19321
absoluta de sus miembros con derecho a voto, que deberá ser ratificado
por todos y cada uno de los entes consorciados.
d) Por imposibilidad legal y material de realizar sus fines.
Artículo 33. Liquidación del Consorcio.
El acuerdo de liquidación determinará la forma en que haya de procederse
a la liquidación de los bienes, derechos y obligaciones del Consorcio, nombrando
un liquidador.
El liquidador calculará la cuota de liquidación que corresponda a cada
miembro del Consorcio de conformidad, con la participación que le corresponda
en el saldo resultante del patrimonio neto tras la liquidación. Se efectuará en
proporción a las participaciones de cada Administración.
Disposición final.
Los presentes Estatutos entrarán en vigor el día de su publicación en el
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