Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-4629)
BOP-2024-4629 Bases Reguladoras y Convocatoria de las Subvenciones destinadas a Ayudas Individualizadas de Comedor Escolar para el curso 2024-2025.
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presentes bases será la Junta de Gobierno Local. La resolución habrá de dictarse y notificarse
en el plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de la presente convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
La resolución de concesión de la ayuda conllevará el compromiso del gasto correspondiente.
Se entenderá aceptada la subvención concedida transcurrido el plazo de diez días naturales
contados desde la publicación de la resolución de concesión sin que el beneficiario manifieste
expresamente lo contrario.
ARTICULO 8. ABONO Y CUANTIA DE LA BECA/AYUDA.
Para las ayudas de comedor escolar: la concesión dará lugar al pago directo al proveedor de la
Beca correspondiente durante el curso escolar, entendiendo el mismo desde el día siguiente a
la aprobación de las listas definitivas hasta junio de 2025, siempre y cuando exista
consignación presupuestaria en el año 2025. El pago de las ayudas será del 100% de su coste.
No obstante, si la lista definitiva fuese posterior al 1 de octubre de 2024, el abono de la beca se
realizará con carácter retroactivo desde esa fecha, siempre y cuando el beneficiario ya esté
haciendo uso del servicio.
ARTÍCULO 9. INCOMPATIBILIDADES.
1. Las becas de comedor escolar, serán incompatibles con las de la cualquier otra
administración pública o privada para el mismo concepto.
ARTÍCULO 10. PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales a contar desde el siguiente
a la publicación por la Base de Datos Nacional de Subvenciones del extracto de la convocatoria
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde del Excmo.
Ayuntamiento de Plasencia.
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro General del Ayuntamiento, o a través de su sede electrónica.
- Cualquier oficina que tenga disponibilidad de ventanilla única.
- Por cualquier oficina de correo u otro medio establecido en la Ley de Procedimiento
administrativo.
CVE:
BOP-2024-4629
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de septiembre de 2024
N.º 0172
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